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CÁMARA DE SENADORES
  1. Rodríguez viuda de Aguirre. (V. sesion del 12 de Julio i i3 de Setiembre de 1844).
  2. Aprobar en particular el proyecto de lei que concede una pension a doña Mariana Moran viuda de Fuenzalida. (V. sesion del 23 de Octubre de 1844).
  3. Aprobar en particular el proyecto de lei que concede una pension a doña Josefa de la Cerda viuda de Santiago Concha. (V. sesion del 19 de Octubre de 1844).
  4. Admitir en jeneral la representacion de don Francisco Solano Pérez. (V. sesiones del 12 de Julio de 1843 i 13 de Setiembre de 1844).

ACTA

SESION DEL 6 DE SETIEMBRE DE 1844

Asistieron los señores Benavente, Aldunate, Barros, Bello, Cavareda, Egaña, Fórmas, Irarrázaval, Meneses, Ortúzar, Ovalle Landa, Portales, Subercaseaux i Vial del Rio.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta de un oficio del Presidente de la República en que anuncia haber dispuesto se estiendan cartas de naturaleza a favor de don Juan Spruce i de don Camilo Monti, i se mandó archivar.

Se leyó un Mensaje del Presidente de la República en que inicia un proyecto de lei para que se den a Lord Cochrane seis mil libras esterlinas, i se puso en tabla para segunda lectura.

Habiéndose precedido a la discusion particular del proyecto de lei en que se decreta la subsistencia de las contribuciones legalmente establecidas, se aprobó unánimemente el artículo único en que se contiene, cuyo tenor es el siguiente:

"Artículo único. El Congreso Nacional, en virtud de la atribucion que le concede la parte 3.a del artículo 37 de la Constitucion, decreta: Las contribuciones establecidas legalmente subsistirán por el término de dieciocho meses, contados desde la promulgacion de esta lei".

El señor Bello presentó una enmienda al artículo 5.° del proyecto de lei sobre terrenos abandonados por el mar. Puesta en discusion esta enmienda, el señor Vial del Rio pidió que se fijase la estension del terreno colindante a las playas de que pueden hacer uso les pescadores. En virtud de esta sub-enmienda, propuso que los pescadores no pudiesen internarse mas de 20 varas contadas desde el mar, alta marea, i agregada esta cláusula a la enmienda presentada por el señor Bello, fué aprobada por doce votos contra dos, en la forma siguiente:

"Art. 5.° Los pescadores podrán usar libremente de las riberas del mar que no estuvieren ocupadas. Podrán asimismo servirse para los menesteres de su peculiar industria de los terrenos contiguos al mar; aunque sean de propiedad particular, con tal que no estén actualmente habitados, cultivados o empleados en otro jénero de industria i sin que puedan internarse mas de 20 varas contadas desde el mar, alta marea."

Se puso en discusion el artículo 6.° del proyecto de lei sobre terrenos abandonados por el mar, i despues de algun debate fué aprobado por once votos contra dos, no entrando en esta votacion el señor Egaña, por haberse retirado de la Sala, su tenor es el siguiente:

"Art. 6.° Los particulares que ántes de la promulgacion de esta lei, hubieren construido edificios u otras obrasen terrenos abandonados por el mar i que tuvieren títulos auténticos de merced, donacion, compra, testamento u otros sobre dichos terrenos, o sobre los predios colindantes, tendrán la propiedad, uso i goce de dichos terrenos en la forma determinada por la presente lei".

A segunda hora tuvo discusion particular el proyecto de lei en que se autoriza al Presidente de la República para satisfacer a don Francisco Tagle Echeverría lo que resultase debérsele, i verificada la votacion secreta, fué aprobado por trece votos contra uno el siguiente artículo único:

"Artículo único. Se autoriza al Presidente de la República para que ajustando el valor del cargo que hace el agrimensor don Francisco Tagle Echeverría por compensacion de los trabajos practicados en la mensura de varios pueblos de indíjenas de esta provincia, proceda a pagar a dicho agrimensor lo que justamente resultare debérsele".

Tuvo segunda lectura i discusion jeneral la solicitud interpuesta por doña Mercedes Rodríguez de Aguirre para que se le conceda una pension, i practicada la votacion por escrutinio, resultó aprobada en jeneral por trece votos contra uno i pasó a la Comision de Justicia para que presentase el correspondiente proyecto de decreto.

Leido el informe de la espresada comision en la solicitud de doña María Moran de Fuenzalida, el señor Meneses propuso que se concediese a la ocurrente una pension de 40 pesos mensuales en vez de la de 20 que indica la comision.

Se procedió a votar primeramente sobre esta enmienda i resultó desechada por ocho votos contra seis.

Se votó en seguida sobre el artículo propuesto por la Comision i fué aprobado por once votos contra tres en la forma siguiente:

"Se concede a doña María Moran viuda del