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CÁMARA DE SENADORES
- CÁMARA DE SENADORES
SESION 2.ª EN 17 DE JUNIO DE 1844
PRESIDENCIA DE DON JUAN DE DIOS VIAL DEL RIO
SUMARIO. — Nómina de los asistentes. — Aprobacion del acta precedente. — Cuenta. — Redaccion taquigráfica de las sesiones. — Arzobispo de Santiago i Obispo de Ancud. — Residencia del Ejército. — Contestacion al discurso del Presidente de la República. — Vijencia de las disposiciones de la Constitucion de 1828 relativas a los mayorazgos. — Mataderos públicos en Santiago. — Reforma de los aranceles eclesiásticos. — Acta. — Anexos.
CUENTA
Se da cuenta:
- De un oficio por el cual el Presidente de la República comunica que ha nombrado a don Felipe Santiago Contreras i a don José Riquelme para que en union de don Francisco Solano Pérez se encarguen de la redaccion taquigráfica de las sesiones. (Anexo núm. 8. V. sesion del 3 de Marzo de 1828).
- De otro oficio por el cual el mismo Majistrado presenta a don José Alejo Eyzaguirre para Arzobispo de Santiago i a don Justo Donoso para Obispo de Ancud. (Anexo núm. 9).
- De otro oficio por el cual comunica que queda instruido de la renovacion de la Mesa. (Anexo núm. 10).
- De otro oficio por el cual la Cámara de Diputados comunica que el 1.° del corriente dio principio a sus sesiones. (Anexo núm. 11).
- De otro por el cual la misma Cámara comunica la renovacion de su Mesa. (Anexo man. 12).
- De otro con que acompaña un proyecto de lei que permite la residencia del Ejército en Santiago. (Anexo núm. 13. V. sesion del 7 de Junio de 1843).
- De un proyecto de contestacion al discurso del Presidente de la República. (Va inserto en el cuerpo del acta. V. sesion del 1.°).
- De una solicitud entablada por don José Rafael Larrain en demanda de que se declare si las disposiciones de la Constitucion de 1828 relativas a mayorazgos pudieron aplicarse en 1837. (V. sesion del 10 de Setiembre de 1832).