▼men que se le pide, sobre la solicitud de don Nicolás Federico, relativa a pedir su naturalizacion de ciudadano chileno, a V. S. espone: que en vista de la informacion producida cree que el solicitante se encuentra comprendido en el artículo 6.°, parte 3.ª , capítulo 4.° de la Constitucion por haber cumplido los diez años de residencia en el territorio de la República. De consiguiente es mi opinion que V. SS. entreguen los antecedentes al interesado para que ocurra donde corresponde.— Valparaíso, 26 de Junio de 1844.— Hevel.
En virtud del informe que antecede, entréguese al interesado para los fines que le convengan. Así se acordó en la sesion ordinaria del 28 del pasado.— Sala Municipal.— Valparaíso, 1.° de Julio de 1844. Anacleto de la Cruz, Secretario.