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CÁMARA DE SENADORES

de la Casa de Moneda, etc , i estos cálculos deben considerarse tambien respecto de la edad, del trabajo mental i en un pais como Santiago, que es mortífero. Es necesario tener presente que con 16 o 20 ministros que haya en las cortes motirán por lo ménos en diez años la mitad, con seis sólo sería bastante para quebrar el fondo del monte; la Sala recordará las pensiones que se han dado en los años anteriores i las que aun están en tabla para ministros, i por consiguiente, es probable que sea lo mismo en lo sucesivo.

Se me vuelve a llevar al campo a que no quería entrar, porque cuando hablé fué como economista, como defensor de un banco que se va a formar entre los partícipes, i que se ha de distribuir entre ellos. Yo creo, pues, bajo este aspecto i hablando como economista, que quiebra este fondo en los tres primeros años i que no hai interes ni sencillo ni compuesto que baste para satisfacer estas pensiones, porque no se hallan en proporcion. Hoi mismo he recibido reconvenciones diciéndome que era mui duro que a un individuo que hubiese servido seis años no se le concediese la pension, pero yo quiero prescindir de esa cuestión, para apoyar una nueva indicacion.

Se ocurre al fundamento de la lei patria, la lei patria no ha concedido monte a los subalternos, i si alguno lo tiene es porque ha muerto en accion de guerra, el goce del monte es de capitan para arriba i no lo tiene el que es alférez aunque se le hace el descuento.

Esta carrera militar es preciso que no se haga tan abatida i tan servil, i hablo no sólo de los que aquí tenemos, sino tambien de los de todas partes, pues desde tiempos mui antiguos se le han considerado i han tenido distinciones i privilejios hasta en los testamentos entre los Romanos, i era por compensar todos los riesgos a que comunmente se halla espuesto. Pero esto no es del caso, i si lo digo, es porque se ha querido traer como fundamento para una comparacion con los empleados civiles.

Debemos tener presente que si un empleado de justicia o de otra clase entra a gozar la pension, es porque tambien ha entrado a contribuir al fondo del monte con cuyos intereses debe costearse su pension, pero si tiene servicios anteriores, es cosa mui distinta.

Yo creo, señor, que el artículo debe suprimirse, dejando como han estado hasta ahora a los empleados actuales, sin atender a los servicios que tengan hecho a la Nacion, de modo que concluidos esos seis años, puedan entónces entrar a gozar del monte, i si creen que esto lo hago por interes particular, pueden escluir desde luego al actual Contador Mayor.

El señor Vial del Río.— Principiaré por hacer notar una inexactitud en que ha incurrido el honorable señor que acaba de hablar. Dice que a los militares subalternos no se les concede monte, yo he dicho lo mismo, pero he espuesto que por un artículo particular, que es uno de la ordenanza, está dispuesto que a esos subalternos se les conceda monte aun muriendo en clase de subalternos con tal que hayan servido en la guerra de la Independencia, esto es lo que he dicho. No negaré, señor, i sería una injusticia negarlo que en esa indicacion que he propuesto, soi una de estas personas; pero la he puesto en subsidio para el caso en que no valgan las demás demostraciones que he hecho en favor del artículo.

Se dice por el señor Senador preopinante que son muchos los empleados de la clase de que se trata, que han muerto de seis años a esta parte, que en la Suprema Corte i en la de Apelaciones, han fallecido ocho, i otro tanto en las Aduanas, Casa de Moneda, etc. Yo no recuerdo, señor, que en los seis años últimos hayan muerto mas de tres, estos fueron suplentes, como lo eran los jueces de letras Aspiliaga i Gutiérrez; el primero estaba ya enfermo, i el segundo vino al tribunal ya casi muerto, i era preciso proporcionarles un medio de subsistir mas descansado. En la Corte de Apelaciones no recuerdo que hayan muerto mas que el señor Tocornal i después el señor Montt. Yo lo que observo es que los argumentos que hace el señor preopinante, para demostrar que el fondo del monte va a quebrar, no prueban mas que una oposicion que destruye absolutamente el proyecto del monte, pero sí he demostrado con alguna probabilidad que sólo el capital que se invirtiese en esas pensiones no pasaría de 4,000 pesos. Si se me dice que aun se perderían 2,000 pesos de ese capital, todavía no sería suficiente semejante pérdida de 2,000 pesos, para reputarla como perjudicial o peligrosa para la subsistencia del fondo. Volveré a decir que todos los argumentos del señor preopinante son para destruir el montepío civil, para que los empleados porque les faltó dos o tres años, no puedan gozarlo; pero esta no es una razon para que sean escluidos, porque si algunos años le faltaban eso no prueba que no haya de considerarse de ninguna maneta a las personas que se han contraido al servicio público, ni hai justicia para hacerlo.

Diré tambien que la comparacion que se ha hecho respecto a los empleados jubilados no es conforme; porque el artículo en su última parte dice: que debe descontarse los seis años, aunque fuere jubilado en proporcion al sueldo de que se ha jubilado, pero que, si no alcanzase a enterar esos seis años, la familia reponga eso (pido al señor Secretario que vuelva a leer ese artículo, se leyó). Si está dispuesto, pues, que se le descuente en proporcion respecto al sueldo que tenga ántes de jubilar, luego a este jubilado se le concede la accion al monte i lo mismo debe ser en este caso porque es idéntico. Se me olvidaba añadii: otras de las observaciones que ha hecho el señor preopinante es que los militares cuando no alcanzan a completar su familia lo