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CÁMARA DE SENADORES

o se llamaba por su órden i se adoptó esto último por unanimidad.

Se leyó un memorial de doña Dolores Santander, viuda de don Manuel José Aspillaga, en que pide se le asigne una pension; se puso en tabla para segunda lectura.

Se dió cuenta de una solicitud interpuesta a nombre de don Tomas Federico, a fin de que se le conceda carta de naturaleza, i pasó a la Comision de Gobierno.

Se tomó en consideracion el artículo 15 del proyecto de lei sobre Montepío civil, que había quedado en la sesion anterior para segunda discusion, i es como sigue:

"art. 15. Las cantidades que compongan el fondo del monte i que no se consideren necesarias para cubrir sus obligaciones actuales o eventuales, dentro de los doce meses inmediatos se invertirán en fondos públicos, i el mismo destino se dará á los intereses resultantes por todo el tiempo que el monte no tuviese necesidad de los capitales e intereses "

El señor Benavente.— La indicacion que tuve el honor de hacer en la sesion anterior, parece que debe ser adoptada, porque es conforme al espíritu mismo del artículo i de toda la lei. Me parece que sólo por una equivocacion en la redaccion del proyecto, se olvidó dar a los fondos una inversion segura i cual conviniese a las circunstancias.

Si este fondo puede ser tan considerable como se ha creido i se ha dicho muchas veces, es mui claro que no se empleará en comprar nuestros fondos del 6 por 100, ni tampoco los de 42, por la razon de que ya es poca la cantidad que circula, i es preciso tener sabido que no había cuenta.

El crédito del 3 por 100 lo creo que es de un millon i medio de pesos; pero a proporcion de lo que ha subido el valor de los otros fondos ha subido tambien éste, i ya se ofrece poco la venta.

Si el fondo del monte se ha de invertir esclusivamente en esto, a la vuelta de pocos años vendrían a parar en el monte todos los fondos públicos, i este establecimiento vendría a ser el acreedor único del Gobierno.

La indicacion que yo hice estaba reducida a decir que los fondos se invirtiesen en comprar fondos públicos o en otros negociados; mas para que tuviese efecto esta disposicion era preciso que hubiese una junta de gobierno o del monte, como la ha habido ántes, la cual cuidase de hacer esta inversion del modo mas conveniente, pero creo esta parte de la indicacion no corresponde a este artículo, sino que debería formar uno enteramente nuevo; en él se podría autorizar al Gobierno para que estableciese una junta directora del monte, compuesta de un miembro de cada una de las Cortes de Justicia i de los ministros del tesoro para que pudiesen dar una inversion a estos fondos i hubiese una autoridad encargada del gobierno de todo el establecimiento.

Por otra parte, se hace mas necesario el establecimiento de una junta tal como lo he propuesto, por cuanto la oficina del crédito público que es la que va a administrar los fondos de monte, está solo bajo la dependencia del Congreso, i debe precisamente al mismo tiempo que le da este encargo, poner a cargo de alguna autoridad la inversion de los fondos.

En atencion, pues, a que: 1.° Esta oficina del Crédito Público no depende del Gobierno, i 2.° Que es de absoluta necesidad la formacion de una junta para la direccion acertada de la inversion; me he propuesto hacer la indicacion que he presentado a la Cámara; pero repito que no es éste el lugar que le corresponde, sino que es el objeto de un artículo nuevo que puede añadirse despues.

En cuanto la inversion de los fondos del monte, insisto siempre en que se agregue el artículo por las razones que he espuesto, la espresion: "en fondos públicos o en cualquiera otro negociado que presente utilidad".

El señor Vial del Río.— Estoi conforme con la indicacion que ha hecho el honorable señor Senador que acaba de hablar.

Tambien ha tocado un punto que a mi modo de ver debe fijar la atencion de la Sala; tal es que la oficina del Crédito Público no está sujeta al Gobierno ni tiene en ella la inspeccion que en las otras oficinas fiscales; por consiguiente, no se pasa la visita de Corte i tanteo que se hace en todas ellas: escepcion es ésta que puede ser mui perjudicial a los fondos del monte. Todos saben los abusos que se han cometido en ella; un célebre Mac Klean que estaba empleado en ella le robó mas de 13,000 pesos, i permaneció robando por mucho tiempo, hasta que un don Antonio Gundian, que fué nombrado interinamente jefe de la oficina, descubrió el abuso i se pudieron remediar los males que con tal fraude se estaban causando a los fondos públicos i a los particulares que tenían intereses en ella.

Yo creo pues, que debemos en este momento contraernos a los fondos del monte i disponer, para su mayor seguridad, que a esta oficina se haga la visita de corte i tanteo mensual, a la cual debe sujetarse, porque es una traba que tienen todas las oficinas fiscales. En consecuencia, pido, pues, que se ponga un artículo como lo puse yo en el proyecto que está impreso, a saber, que se pasase la visita de corte i tanteo mensual, como se nace en las demás oficinas.

El señor Benavente.— Varias son ya las indicaciones que se han hecho en el curso de este debate, i me parece mui conveniente que se propusiesen por su órden a la aprobacion de la Cámara Las que yo he hecho son dos:

  1. que los fondos del monte se empleasen en fondos públicos o en otros negocios;
  2. que se nombre una junta de gobierno del monte.