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CÁMARA DE DIPUTADOS

discusion los artículos que ha suprimido el Senado pertenecientes a este proyecto.

En seguida se puso en discusion particular la solicitud de don José Jiménez Guzman i fué aprobada por veintiseis votos contra seis. Con esto se levantó la sesion quedando en tabla la continuacion del proyecto de Cortes de Apelacion i demas asuntos señalados para la presente.


ANEXOS

Núm. 164

Esta Cámara, ha aprobado en todas sus partes el Tratado de amistad, comercio i navegacion, celebrado entre el Supremo Gobierno de Chile i de la Nueva Granada, como igualmente el Tratado adicional que le acompaña. Pero ha creido conveniente hacer la aclaracion de las palabras: "el Gobierno en que se reclama", contenidas en el artículo sesto, fijando el sentido en que deben entenderse i como equivalentes de: "el Gobierno ante quien se reclama".

Se acompañan los orijinales.

Dios guarde a V. E. — Santiago, Setiembre 15 de 1845. — D. J. Benavente. — Ventura Blanco Encalada. — A S E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 165

El Senado, en vista de la representacion del señor don Pedro Palazuelos, ha tenido a bien aprobar el siguiente

"Artículo único. Se concede a don Pedro Palazuelos el goce del sueldo de jubilado que como a Catedratico de la antigua Universidad de San Felipe le corresponde en atencion a la lei orgánica de la Universidad de Chile que declara compatibles los sueldos universitarios con cualesquier otros de que puedan disfrutar sus miembros en razon de otros destinos; del cual empezará a gozar desde la fecha de la promulgacion de la presente lei".

Se acompaña la solicitud.

Dios guarde a V. E. — Santiago, Setiembre 29 de 1845. D. J. Benavente. — Ventura Blanco Encalada. A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 166

A consecuencia de la solicitud de doña Dolores Ross, que con sus antecedentes remito, el Senado ha tenido a bien aprobar el siguiente

PROYECTO DE LEI:

"Artículo único. Se concede a la viuda e hijos del Teniente Coronel don Bartolomé Azagra una pension de veinticinco pesos mensuales para que la gocen conforme a las reglas del montepío militar".

Dios guarde a V. E. — Santiago, Setiembre 29 de 1845. D. J. Benavente. — Ventura Blanco Encalada. — A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 167

La Comision de Negocios Eclesiásticos ha considerado atentamente la peticion de los Prelados de las Recoletas Francisca i Dominica, trasmitida a esta Cámara por la de Senadores, con un proyecto de lei, en el que se autoriza a S. E. el Presidente de la República para que pueda suspender los efectos del Senado-Consulto de 1823 que señala la edad para las profesiones solemnes de los Regulares.

Reconoce desde luego la Comision que asisten sólidos fundamentos a los Reverendos peticionarios, para obtener que reciba algunas modificaciones la lei citada. Pero, no por eso ha creido conveniente adoptar la proposicion o proyecto del Senado, que considera la Comision como insuficiente para llegar al fin deseado, desde que encierra en límites demasiado estrechos la autorizacion que por aquel proyecto se concede al Supremo Gobierno; i cree que todos los inconvenientes quedarian salvados en el siguiente proyecto que tiene la honra de someter a la Cámara:

"Artículo único. Se autoriza al Presidente de la República para que, miéntras se verifique la reforma jeneral de las Comunidades regulares, pueda suspender o modificar, segun lo tuviere a bien, los efectos del Senado Consulto de 1823, que senda la edad en que debe hacerse la profesion solemne de los votos de perpetuo monaquismo".

Santiago, Setiembre 22 de 1845. — José G. Palma. — Luis Correa de Saa. — M. de la Barra.


Núm. 168[1]

Reunion en veinte i seis de Setiembre de mil ochocientos cuarenta i cinco.

Asistieron los señores: Arteaga, Barra, Dávila, Donoso, Eguigúren, Errázuriz don Ramon, Iñiguez, Lazcano, Lastra, López, Montt, Necochea, Palma don Cipriano, Palma don José Ga

  1. Esta redaccion ha sido tomada de El Progreso del 7 de Octubre de 1845, núm. 904. — (Nota del Recopilador).