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SESION EN 6 DE JUNIO DE 1845

formacion de muestrarios. Luego entran los favoritismos de los créditos antiguos, los pagos entre los comerciantes que retiran las especies conocidas i el síndico que les niega las marcas o números de las especies o la identidad de los fardos.

Muchas veces se complican unos principios de mala fé tan peligrosos en el comercio, que cuando no fuera mas que esto, sino otras muchas consideraciones que hoi debia de alejarse enteramente el artículo que traeria inmensos pleitos i perjuicios.

La principal base del comercio debe ser tratar de desterrar todo lo que se acerque a la mala fé.

Ven que en otras cosas, como ser la venta de la casa, que es una especie conocida de la venta, muchas veces pierde su valor el que la vende.

No creo, pues, señor, que sea favorable al comercio el dejar este proyecto.

El señor Gandarillas. —Me habia fijado en la discusion anterior en la última parte del artículo que da privilejio al comerciante hasta seis meses despues de cumplido el plazo sobre las especies existentes; privilejio que se deberia estinguir por la presente lei, porque el objeto de ella ha sido destruir los que traban i embarazan la finalizacion de los concursos, cuya duracion suele ser hasta de cincuenta años.

Si por la lei que se halla en discusion se da preferencia por la naturaleza del documento, i tambien por la de la especie, resultaria de ahí que los comerciantes de efectos obtienen dos privilejios i los de oro i plata uno sólo; pues nadie puede estraer del concurso el dinero metálico que se ha facilitado a un comerciante apurado para el pago de sus créditos.

Los comerciantes i las casas estranjeras hállanse en el caso de exijir una escritura pública por sus efectos, como lo hacen los que prestan dinero, como tambien suelen hacerlo los comerciantes de efectos, cuando se vence el plazo de su acrecencia sin ser satisfecha, con lo que mejoran la condicion de su documento en el concurso si es que llega a haberlo.

Me reservo para la sesion venidera esplicar los abusos de que puede valerse el fallido para protejer ciertos acreedores i perjudicar a otros por la facultad que le deja el párrafo 5.º del artículo 8.º que actualmente se discute.

Diré para resumirme, que aprobaria que las especies conocidas de un fallido al momento de la quiebra entrasen a la masa comun del concurso. Bajo este principio aprobaré el artículo; de lo contrario, estaré por lo dispuesto en la antigua Odenanza de Bilbao, aunque se ha hecho para dioses mas que para los hombres de estos tiempos.

Quedó para 2.ª discusion la primera parte de este artículo hasta la 4.ª inclusive. Se leyó en seguida la 6.ª

El señor Palma, don Gabriel. —Supuesto que esta parte debe tener dos divisiones, aunque por la opinion de algunos señores Diputados debe seguir la misma suerte de la primera parte que establece privilejio, diré algo sobre la redaccion de la parte que está en discusion. Algunos de los pleitos que ocurren o se promueven sobre estas materias, ruedan unos sobre la identidad de los efectos, otros, i no pocos, sobre qué se entiende por bulto. Bueno fuera que esta lei estableciera ántes de lo que tiene despues la esplicacion de lo que es fardo, cajon, barrica, etc., para no dar lugar a pleitos; porque diciendo bultos tiene una significacion demasiado estensa, bulto es una pieza cualquiera. Poniendo la palabra bulto, me parece que se introduce una equivocacion; así es que debe variarse la redaccion de esta última parte por lo que pido que se deje para otra discusion.

Se levantó la sesion, quedando en tabla para la próxima, el proyecto de contestacion al discurso de apertura, el de arreglo del servicio doméstico, el de la creacion de una oficina de Estadística i la continuacion del proyecto de prelacion de créditos.


ANEXOS

Núm. 5

En el cuadro de la situacion actual de la República trazado por V. E en su discurso de apertura, halla la Cámara de Diputados mil motivos de gratitud a la Divina Providencia por los inapreciables beneficios de la paz interior i esterior que nos dispensa.

A la sombra de esta paz tenemos derecho de esperar que nuestras relaciones con las potencias amigas no serán turbadas, miéntras ellas sean mantenidas con la cordialidad i prudente celo que el Gobierno ha sabido emplear para conducirlas. I si algun incidente ocurre que parezca no estar en armonía con tales esperanzas, siempre que no sea ocasionado por exijencias avanzadas de nuestra parte, debe la República reposar tranquila en el sentimiento de su rectitud i benevolencia, así como tiene que estar dispuesta a conservar su dignidad en todas circunstancias.

Esta Cámara ha visto satisfactoriamente cuánta es la atencion que el Gobierno presta a los diversos objetos que corren a cargo del departamento del interior: i coincide con V. E. en esperar que los jérmenes de civilizacion e industria que pululan espontáneamente entre nosotros, fructificarán desarrollándose cada vez con mas vigor en este suelo privilejiado que ya puede considerarse como la mansion de la paz i de la concordia civil.

Las solicitudes empleadas en la mejora de la