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250 CAMARA DE DIPUTADOS

instruido prácticamente del modo de manejar bien una Legación, que hayan hecho ese estudio; i el señor Diputado que acaba de hablar sabe mui bien que no puede hacerse sino prácticamente.

En este sentido i partiendo de estas consideraciones, he creido absolutamente necesario que vaya un Oficial de Legación. Este Oficial con una renta tan pequeña como la que se le señala de 1,500 pesos tiene los medios de trasladarse a otras Cortes de Europa donde pueda hacer aquellos estudios que el Gobierno le indique de preferencia, i de avanzar en,la carrera diplomática, no sólo en la Corte de Roma, sino en algunas otras; mas esto no pueden hacer los adictos a la Legación, por cuanto la lei les señala solamente la mezquina asignación de 300 pesos al año, con la cual apénas podrán subsistir al lado del Ministro; porque la lei dice que en cada una de las Legaciones haya cuatro adictos hijos de padres pudientes para que vayan a concluir allí a la sombra de la Legación, su educación, i para ayudar a estos gastos de educación prescribe que se le den 300 pesos al año.

Me parece que en la lei a que acabo de referirme está marcada la conveniencia de que vayan un oficial de Legación, i yo por mi parte lo creo mui conveniente. Este oficial, como ya he dicho, podrá hacer estudios útiles, no sólo en la carrera diplomática, sino en las que el Gobierno indique, i ademas en diversas Cortes.

He dicho es verdad, en conversaciones privadas, que no seria conveniente que vayan adictos en esta Legación i por eso es que me he v.sto precisado a hacer estas reflexiones para rectificar cualquier juicio en contrario que pu diera deducirse de tales conversaciones He dicho.

El señor Varas. —Voi a hacer una lijera observación sobre la poca importancia que se ha dado al Oficial Mayor.

Creo que se ha fijado mas la atención del señor Diputado miembro de la Comision en que el oficial es un Oficial Mayor i nada mas. Yo entiendo que el oficial es un oficial de Legación, i este solo nombre da a conocer que tiene trabajos efectivos i reales. ¿Irá el Secretario a ocuparse en escribir, o si no puede hacerlo, irá a llamar a un individuo cualquiera de Roma para que escriba cosas de secreto i que no deben salir de los miembros de la Legacion?

Me parece que se han comprendido mal las obligaciones del Secretario. Ni se diga tampoco que el oficial va a hacer el oficio de un mero escribiente, porque a mas de la confianza que debe inspirarle al Secretario para escribir en los asuntos que se ofrezcan, cosa que no seria prudente que otro cualquiera lo hiciera, tiene también la obligación de emprender aquellos estudios que el Gobierno le indique; en una palabra, señor, tiene trabajo efectivo, i lo creo tan necesario como el Secretario a no ser que a éste se le imponga también la obligación de escribir cuantas cosas se ocurran, lo que me parece que no seria conforme. Los adictos tampoco podrán, desempeñar este cargo, porque sólo van destinados a completar sus estudios, i la asignación que se les da no permite que se les im ponga esta obligación.

Opino, pues, porque debe incluirse en la Legacion al Oficial Mayor, porque lo considero de bastante importancia.

Se consultó a la Sala sobre si aprobaba la partida de Secretario, i resultó aprobada, como igualmente la de Oficial Mayor i de dos adictos en lugar de cuatro que proponía el Gobierno, quedando tola la partida aprobada en esta forma:

Legación a Roma:

Sueldo del Ministro Plenipotenciario $ 12,000
Sueldo del Secretario 3,000
Id. del oficial de la Legación 1,500
Id. de dos jóvenes adictos a dicha Legación con 300 pesos cada uno 600
Gastos de escritorio i correspondencia 1,000
$ 18,100

El señor Palazuelos.—Yo haria indicación, señor, para que fuesen en clase de adictos a la Legación dos jóvenes pobres de los cuatro que propone el Gobierno.

El señor Presidente. —Si son dos no mas los que han de ir, señor.

Se puso en segunda discusión la partida 19.

El señor Palma.— En la sesión anterior contradije el informe de la Comision sobre la supresión de uno de los ordenanzas que sirve en la Intendencia de Colchagua, fundándome en que no era conveniente partir de pronto a hacer esa supresión sin tener conocimientos bastantes de si era o no necesario aquel ordenanza.

En vista de esto la Cámara resolverá como crea mas conveniente.

Se consultó a la Sala sobre si se aprobaba la supresión hecha por la Comision, i resultó desechada, quedando por consiguiente esta partida en su forma orijinal.

Se puso en segunda discusión la partida 20. Intendencia de Santiago:

Sueldo del Intendente $ 2,400
Id. del Secretario 1,000
Id. del oficial primero 750
Id. del oficial segundo 550
Id. del oficial tercero 564
Gastos de escritorio 220