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CÁMARA DE DIPUTADOS

otra comunicando la eleccion de Presidente i Vice hecha por aquella Cámara.

La primera se mandó pasar a la Comision de Constitucion i militar reunidas; i la segunda se mandó archivar.

Despues se leyó un informe de la Comision de Presupuestos en lo relativo al del Ministerio de Justicia, Culto e Instruccion Pública: quedó en tabla habiéndose dado primera lectura a un proyecto que se acompaña a dicho informe, reducido a modificar los sueldos de que gozan el Rector, Decano i Secretario de la Universidad.

El señor Presidente.— Hai uno de los artículos del proyecto del señor Diputado Cifuentes relativo al beneficio de minerales de cobre; continuaremos la discusion de él.

Se puso inmediatamente en segunda discusion particular el artículo 5.° , al cual hace relacion el señor Presidente; i habiéndose consultado a la Sala si se aprobaba o nó, resultó desechado por 20 votos contra 2.

En seguida se procedió a la discusion particular del proyecto de autorizacion al Presidente de la República para transijir algunos pleitos pendientes sobre terrenos, en el puerto de la Serena.

El señor Presidente.— Tengo, señores, algun conocimiento de este asunto por haber habido ocasion de que el Gobierno se ocupase de él cuando yo era uno de sus miembros; i a mi modo de ver, tomando en cuenta todos los antecedentes, no puede alegarse un solo derecho bastante justificado de parte de particular alguno, contra uno solo de los sitios del puerto de la Serena.

Yo ignoro cuál sea el concepto que el Gobierno haya formado ahora acerca del mismo asunto; i si he pedido la palabra, no ha sido con el objeto de oponerme a que se conceda al Gobierno la autorizacion para transijir los pleitos pendientes; i aunque en mi concepto los derechos del Fisco son indisputables, todavía sería un mal para el mismo Fisco, por razon de esos pleitos que conviene desde luego cortar; pero creo tambien que la autorizacion no puede ser sino altamente ventajosa para el Fisco.

Por lo mismo que supongo espedito su derecho, por lo mismo es que no intento oponerme a que se conceda al Gobierno esta autorizacion; pero ciertas palabras que sirven de preámbulo al Mensaje son las que me han hecho tomar la palabra; en ellas se fijan de otro modo las bases para la autorizacion, porque se da a entender, si no se espresa con bastante claridad, que el Gobierno reconoce la propiedad que pretenden tener algunos individuos sobre algunos sitios de que están o no en posesion en el puerto de la Serena, con tal que estos dejen lugares a propósito para plazas i calles públicas, creo que para edificios públicos tambien, i no sé que otras cosas mas. El Gobierno, en ese preámbulo, parece que adhiere a estas proposiciones que han sido hechas por algunos particulares; i como, segun el concepto que tengo formado de este asunto sería mucho concederles a esos particulares lo que se indica en el preámbulo del Mensaje, yo no he querido hablar por otra cosa que para que se advierta por lo ménos, que segun es el espíritu del Gobierno al formar el Mensaje, no lo sea el de todos los miembros de la Cámara, ni al Gobierno mismo con las palabras de su Mensaje, como tampoco se obligue al Gobierno a admitir las bases de transaccion de que habla en su Mensaje. Yo agregaría, señor, unas palabras al proyecto para salvar de algún modo el compromiso en que el Gobierno podría encontrarse; i son éstas "que se conceda la autorizacion con acuerdo del Consejo de Estado", indicacion que hago para el caso en que no sea admitida del todo la propuesta i esto servirá para modificar lo que ya sé acerca de esto. Si esto fuese así, yo no variaría ciertamente en mí modo de pensar; pero miéntras que se haga, insistiré en la indicacion que acabo de hacer.

Quedó para segunda discusion.

Se pasó a discutir el proyecto de indemnizacion a los empleados superiores de la Casa de Moneda.

El señor Lastarria.— Yo soi de opinion que debe mantenerse la redaccion del proyecto orijinal del Gobierno, i no admitirse la modificacion que ha hecho el Senado; porque estos empleados a que se refiere tienen derecho a vivir en esa casa, i rigorosamente hablando, tienen obligacion de vivir en ella; porque por la Ordenanza, esta habitacion no sólo se concede a los empleados para que vivan en la casa de Moneda, sino que se les impone el deber de vivir allí para atender al buen desempeño de sus obligaciones. Esto mismo me hace creer que el proyecto necesita otro artículo, ya sea determinando algo sobre el derecho de estos mismos empleados i de sus sucesores , o sea derogando esta Ordenanza en la parte que les es relativa. Para mí esta Ordenanza existe, i no cabe duda de que esos empleados tienen derecho; por eso opino porque se deseche el artículo en la forma que le ha dado el Senado.

El señor Varas.— A mí me parece, señor, que por lo que hace al reconocimiento del derecho que estos empleados tienen, tanto vale la redaccion del proyecto del Gobierno, como la del Senado. La redaccion del Gobierno dice "por la habitacion a que tienen derecho"; i la del Senado dice "por la habitacion de que gozan". Si están en goce de esta posesion será por algún motivo, será porque tienen derecho. Me parece, pues, que esto sería insignificante, porque creo que son lo mismo, aunque habría algún inconveniente en admitir el del Gobierno i esto sería el de demorar el proyecto por una modificacion de poca importancia. Por eso me parece inútil que se insista en la indicacion de que se haga otro nuevo artículo.