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CÁMARA DE DIPUTADOS

tario, puesto que ellos han hecho una solicitud a la Municipalidad pidiendo se les permita edificar en aquella parte del terreno, quedando obligados a pasar por lo que el Congreso resolviera.

El mismo Secretario ha referido a la Sala esta solicitud; i pregunto yo: ¿si aquellos individuos se hubiesen creido de buena fe dueños de los terrenos, habrían elevado jamas una solicitud semejante? ¿Siendo de tanto valor los lugares disputados, no se habrían presentado a los tribunales de justicia a sostener palmo a palmo sus derechos contra las pretensiones del Fisco? ¿Se habrían allanado así, de buenas a primeras, a que el Congreso resolviese lo que tuviese a bien sobre cosas que sólo a ellos pertenecían?

No se hable mas de semejante creencia; esta es una quimera que no hace buen papel en esta discusion.

Se ha dicho que a no conceder los terrenos eriazos a los propietarios contiguos, se espondrían éstos a perder las ventajas de la ventilacion, de la perspectiva i otras de que gozan actualmente, interponiéndose entre ellos i el mar nuevos edificios. tambien desconozco la fuerza de semejante objecion, porque si no se pudiera hacer ese argumento a un particular que tiene en medio de la poblacion un terreno eriazo, para obligarlo a que lo ceda en beneficio de su vecino, no hallo por qué haya de hacerse contra el Fisco, que por lo ménos tiene tanto derecho a sus cosas, como un individuo cualquiera.

En todas las poblaciones hai sitios sin edificar que permiten a los vecinos gozar de ventilacion i de perspectiva, i jamas se ha ocurrido a nadie la peregrina idea de que el dueño de tales sitios no pueda venderlos, ni edificarlos, ni retenerlos en su actual estado en consideracion a los vecinos.

Tan absurda es esta pretension respecto de los terrenos fecales que hai en Valparaíso, que casi me inclino a creer que no haya entendido bien lo que se ha dicho a este respecto.

¿Deberia darse a los propietarios contiguos los terrenos de que se trata, por la razon de que en ningún tiempo debían ser privados de las ventajas que sus casas gozan actualmente?

No carezco de datos locales sobre la poblacion de Valparaíso, como ha dicho el señor Diputado Secretario; los he pedido con instancia a varios amigos, fuera de otros que espontáneamente me han sido dirijidos desde aquella ciudad, instándome para que continúe en la defensa del interes público.

Puedo citar los nombres de las personas a quienes se quiere agraciar por la indicacion que nos ocupa; puedo entrar en pormenores de que talvez el señor Secretario no está al cabo. Mas, para no hacer uso de mis noticias persunales, voi a esplicar el caso, segun me lo pinta un señor Diputado que tengo a mis inmediaciones i que ha residido largas años en Valparaíso. En los últimos años se ha hecho una nueva serie de edificios entre el arsenal i la Cueva del Chivato, separados calle de por medio con la antigua serie de edificios próximos al mar.

Los propietarios de esta antigua serie, saltando la calle, han continuado sus edificios a la otra banda, internándose sobre el mismo lecho del mar. Mas, como algunos de ellos no han levantado muros hasta el dia en el terreno del frente, que dicen que les corresponden, resulta que en la nueva serie de edificios hai claros que están cerrados a los costados por edificios particulares i que tienen su frente a la calle pública i su fondo al mar, ámbos abiertos.

Tales son los terrenos que segun la indicacion del Diputado Secretario deben donarse a los propietarios del frente, que ni siquiera los han poseído hasta ahora. Segun esto, se ve que los pretendidos perjuicios de la luz i otros que se alegan, son en gran manera exajerados, i que está mui léjos de la pariedad el ejemplo que se ha puesto de la Municipalidad de Santiago.

Por abreviar consideraré de paso la razon jefe en que se apoyó la indicacion, a saber: la necesidad de esplicar el último acuerdo de la Sala. Bastante se ha hablado ya sobre el sentido de sus términos que, a mi juicio, no ofrecen la menor anbigüedad; pero si la ofreciesen, vendría bien i sería digna de admitirse otra indicacion que tendiese a esclarecerlo.

No es este ejemplo el objeto de la indicacion que discutimos. Ella tiende, lo repetiré cien veces, a echar por tierra en su totalidad los acuerdos celebrados. I de no, veámoslo. La indicacion fija por término de las propiedades la línea esterior de los edificios salientes, i segun ella, ya no es el término de tales propiedades ni los muros, ni las mensuras, ni los linderos, como ha dispuesto el Senado, sino otra cosa mui distinta, la línea esterior de los edificios salientes. El que tenga sus muros en el punto A podrá estenderlos hasta donde llegue la línea: el que tiene veinte varas de terrenos, las ampliará hasta cuarenta, si hasta allí llega la línea; el que tenga linderos, los mudará, ensanchando sus términos hasta donde llega la línea. ¿Es esto esplicar la ley? ¿No es mas bien minarla por sus cimientos, i disponer todo lo contrario de lo que ella ha establecido? No es, señores, la esplicacion de la lei lo que se viene buscando: es preciso decirlo francamente. Se desea hacer un regalo, se quiere engrosar la fortuna de individuos, por otra parte, poderosos a costa de los bienes públicos. La Cámara debe estar prevenida para no dejarse sorprender en esta cuestión.

Sobre lo dicho, la Cámara sabrá cumplir con su deber.

El señor Secretario.— La interpelacion que dirijí al honorable Diputado por Chillan no fué en los términos que acaba de presentarla a la Sala, sobre si estaban deslindados los terrenos,