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SESION EN 7 DE JULIO DE 1845

ver, para proceder con acierto, poco importa que las quiebras que han ocurrido hasta ahora hayan sido inocentes o criminales. Ciertamente, señores, tratando de saberse si convenía o nó adoptar medidas preventivas para esta clase de delitos, claro es que no iríamos a preguntar qué procedencia han tenido esas quiebras. Preguntaríamos principalmente cuáles son las tendencias del espíritu del pais, las tendencias de su estado moral, i todas las demas circunstancias del hombre i de la sociedad con relacion a este asunto. Para darme a entender mejor, es claro, señor, que cuando se trata de dictar una lei preventiva, represiva de ciertas acciones o de ciertos males, no se toman en cuenta circunstancias personales, de puro evento, pues no se trata de aflijir a aquellos que han causado estos males. No, señor, se trata de preservar al pais de los que puedan sobrevenir.

Ahora, pues, como el oríjen permanente de estos hechos no se encuentra en la voluntad de los hombres a quienes puede imputarse el mal que la lei castiga, sino que ese oríjen debe buscarse, como dije ántes, en la naturaleza del hombre i de la sociedad, claro es que es preciso remontar a otros hechos, hechos que yo quiero estudiar porque ántes no ha habido ocasion de fijarse en este asunto.

En la América del Norte, en donde el hombre se ha consagrado a una vida prodjiosa de actividad i en donde se sabria dictar una lei que refrenase esta misma actividad causando susto al atrevimiento de cada hombre, ser a hacer un grave daño a la sociedad. Pero yo pregunto ¿será justo tratar del mismo modo a un norte americano que no tiene padre, que no tiene casa, que no tiene patria i que está privado de estas ventajas por la casualidad, diré así, de haber adoptado esta carrera? ¿Será justo, repito, hacer responsable a este hombre del modo con que ha perdido su fortuna?

Ahora volvamos a un pueblo que en todas las cosas relativas a su bienestar consulta esclusivamente el bienestar del individuo en donde no hai en el hombre inclinaciones ni instintos que le hagan consagrarse supersticiosamente al servicio de la sociedad; en donde el hombre suma i resta con tanto reposo, con tanta frialdad, que me daria la gana de creer que seria capaz de vender a su propia madre cada vez que le conviniese i le hiciese cuenta. No tiene mi patria que agraviarse por esta verdad: lo mismo se ha dicho de Inglaterra. Yo pregunto ¿el hombre que con frialdad, con tanta pereza, por no moverse, no lo hace en un lugar donde parecen agotados todos los recursos que puede tocar el lejislador para mover la industria, i aun en caso de escasez, como lo vemos ahora que están desiertas, completamente arrasadas las campiñas del norte, la agricultura muerta, el combustible agotado, i con todo no se encuentra una alma dedicada a abrir las puertas de esta industria, sin embargo de que ahí está el sur ofreciendo sus bosques inagotables; ¿quién hasta ahora se ha movido para plantear esta industria?

En una palabra, Su Señoría, habiendo entre nosotros tantos recursos, tantos ausilios, tantos elementos, tantos estímulos, en fin, para protejer las especulaciones, debe considerarse al fallido reo i mui reo: el fallido es un criminal en el mayor número de casos.

Yo no niego que hayan muchas causas, que quizás no podremos enumerar, en que hayan caído en desgracia semejante, hombres que no lo han merecido. Pero, ¿qué importa a la sociedad que.... ¿cómo dice el artículo? ¿Cómo, señor?... que.... ¡Ah! que se tengan por reos de quiebras fraudulenta ínterin no prueben lo contrario? No dice ninguna novedad.

En todos los casos en que un hecho aparece en la sociedad comprometiendo su seguridad, el individuo que lo comete i aun el que se halla ligado a él como su ajente, es reputado reo de ese hecho; porque lo primero que hace la justicia cuando se comete un hecho que se presume criminal, es apoderarse de la persona que lo ha cometido i aun de la que cree sospechosa, i se toman todas las seguridades i precauciones necesarias, se hacen las averiguaciones convenientes a fin de saber si es o nó criminal.

¿Qué quiere decir, señor, se reputa, es reo de quiebra fraudulenta ínterin no pruebe lo contrario?

Quiere decir que la lei le obliga a probar su inocencia. La sociedad no se cree obligada a suponerla; a la sociedad no le conviene suponer ¡i qué bien dicho!

Esto es mui conforme a la naturaleza del pais, al carárter de sus habitantes. I de nó, pregúntese ¿qué casos son aquéllos entre los muí frecuentes que hemos tenido en estos tiempos de quiebras fraudulentas a todas luces, en que algunas de sus víctimas hayan hecho una sola peticion contra el fallido?

Mas, diré: me ha sucedido a mí en una de las quiebras mas escandalosas que ha podido presenciar este pobre cuerpo, que sabiendo yo lo escandaloso de la quiebra, dije a los acreedores:

¿Qué hacen Uds? Nos hemos juntado. Pero, sin ir mas adelante, debe estar aquí en la Sala la misma persona a quien hice esta pregunta; sí; seguramente está aquí. ¿I qué contestacion ha dado a los acreedores, sabiendo que han entrado a su bolsillo, de un año a esta parte, capitales crecidos? Nada, hasta ahora entretanto. ¿Qué se han hecho los cien mil i tantos pesos? ¿Dice siquiera alguna cosa de quebrantos que haya tenido, de pagos que haya hecho? Nada absolutamente. ¿I Uds. qué hacen? Como nosotros somos así... que tal i cual... Pero, yo digo: cada uno es dueño de hacer de su capa un sayo.

¿Pueden ellos perdonar estos delitos? Esa fria indiferencia de los acreedores hace que se multipliquen i perpetúen estos delitos que afectan a