Núm. 167
▼Esta Cámara ha desistido de su acuerdo anterior relativo a la redaccion de los artículos 9 i 10 del proyecto de lei sobre establecimiento de Tribunales de Apelacion en las provincias del norte i sur de la República i ha prestado su aprobacion a los predichos artículos en los mismos términos en que fueron acordados por la que V. E. preside.
Dios guarde a V. E. —Santiago, 23 de Octubre de 1845. —▼R. L. Irarrázaval. —▼ Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.
Núm. 168
▼Esta Cámara ha prestado su aprobacion al proyecto de lei acordado por la que V. E. preside en que se autoriza al Presidente de la República para someter a compromiso los reclamos que haga al Fisco don Ignacio Sotomayor.
Dios guarde a V. E. —Santiago, 23 de Octubre de 1845. —▼R. L. Irarrázaval. —▼Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.
Núm. 169
▼Esta Cámara ha ratificado nuevamente su acuerdo anterior relativo a la agregacion que hizo al proyecto de lei acordado por la que V. E. preside, a consecuencia de la solicitud de los relijiosos Recoletos.
Devuelvo los antecedentes.
Dios guarde a V. E. —▼R. L. Irarrázaval. —▼Ramón Rengifo. —Santiago, Octubre 23 de 1845. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.
Núm. 170
▼El proyecto de lei en que se autoriza al Presidente de la República para dictar una ordenanza del gremio de jornaleros i lancheros, ha sido aprobado por esta Cámara en los mismos términos que lo fué en la que V. E. preside.
Devuelvo los antecedentes.
Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 30 de 1845. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.
Núm. 171
▼En vista del mensaje de V. E., fecha 25 del actual, la ▼Cámara de Senadores ha declarado abiertas sus sesiones estraordinarias desde el dia 27 de este mismo mes para considerar en ellas los asuntos que espresa V. E. en su convocatoria.
Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 30 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.
Núm. 172
▼El ▼Congreso Nacional despues de haber discutido el tratado de amistad, comercio i navegacion ajustado entre la República de Chile i la de Nueva Granada i la convencion adicional a dicho tratado, le ha prestado su aprobacion en los mismos términos que aparece en el orijinal que devuelvo.
Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.
Núm. 173
▼El ▼Congreso Nacional ha discutido i aprobado el siguiente proyecto de lei:
"▼Artículo único. Se concede a la viuda e hijos del teniente-coronel don Bartolomé Azagra una pensión de 25 pesos mensuales para que la gocen conforme a la regla del montepío militar".
Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.
Núm. 174
▼El Congreso Nacional ha discutido i aprobado el siguiente
▼proyecto de lei:
"▼Artículo único. Se autoriza al Presidente de la República para invertir de los fondos públicos la cantidad que sea necesaria para costear una Legacion cerca del Gobierno de los Estados Unidos de Norte América."
Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 20 de 1845. —A S. E. el Presidente de la República.
Núm. 175
▼El Congreso Nacional ha discutido i aprobado el siguiente