Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXVII (1845).djvu/421

Esta página ha sido validada
421
SESION EN 17 DE OCTUBRE DE 1845

Se puso igualmente en discusion el proyecto de lei por el que se concede una pension a doña María Díaz de Manríquez, i leidos los antecedentes, fué aprobado en votacion secreta por siete votos contra seis, en estos términos:

"Artículo único. Se concede a doña María Díaz, viuda de don Pedro Manríquez, la pension de diez pesos mensuales, que gozarán ella i sus hijas miéntras no tomen estado."

Por último se puso en discusion el proyecto de lei en que se señala una pension al teniente coronel graduado de milicias don José Jiménez, i leidos los antecedentes, se procedió a votar i fué aprobado por ocho votos contra cinco, en esta forma:

"Artículo único. Se concede al Teniente Coronel graduado de milicias, don José Jiménez de Guzman, para miéntras viva, quince pesos mensuales".

En este estado se levantó la sesion, quedando en tabla el proyecto de lei en que se aprueba la cuenta de inversion de los gastos de 1844; el en que se autoriza al Presidente de la República para modificar el derecho de peaje; el en que se establece un nuevo impuesto a favor de la Municipalidad del Departamento de Copiapó; el que trata del aumento de sueldos de Intendentes i dotacion de Gobernadores departamentales i los proyectos remitidos de la otra Cámara, concediendo una gratificacion a don Fernando Herrera, una pension a doña Rufina Marin, viuda del finado Comisario de Ejército don José Manuel Bazan, otra a don luán de Dios Mena i don Buenaventura Aguirre, i el goce de sueldo integro de Sarjento mayor graduado a don José Romero, miéntras desempeñe la comision de oficial de Sala de alguna de las Cámaras del Congreso durante sus funciones.


ANEXOS

Núm. 146

En sesión de anoche ha considerado esta Cámara las enmiendas que la de Senadores ha tenido a bien acordar al presupuesto del Departamento de Guerra i Marina, i ha convenido en la adición hecha al ítem 3.° de la partida 3.ª del sueldo del Teniente Jeneral don Manuel Blanco al que se agrega el inciso "para el caso de regresar al pais" i en la supresion del sueldo del finado Teniente Cotonel don Cárlos Olavarrieta incluido en la partida 22 desechando únicamente la redacción del ítem 2.° de la predicha partida 3.ª relativo al sueldo del Capitan Jeneral don Ramon Freire que se ha dejado en los mismos términos que fué anteriormente aprobado por esta Cámara.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Octubre 16 de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón RengifoRamón Renjifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 147

Esta Cámara, en vista de la Cuenta de Inversion de los fondos públicos en el año de mil ochocientos cuarenta i cuatro i despues de haber considerado el informe de la Comision mista encargada de su exámen, ha prestado su aprobacion al siguiente


proyecto de lei:

"Artículo único. Se aprueba la cuenta de inversion de los fondos destinados para los gastos de la administracion pública en el año de mil ochocientos cuarenta i cuatro, que asciende a la cantidad de tres millones nueve mil sesenta i cuatro pesos, dos i cuarto reales".

Dios guarde a V. E. —Cámara de Diputados. —Santiago, Octubre 16 dfe 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Renjifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 148

En sesión del 15 del comente esta Cámara ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei iniciado por la Comision mista encargada del exámen de los presupuestos.

"Artículo único. Las contribuciones establecidas subsistirán por dieciocho meses contados desde la promulgación de la presente lei.

Dios guarde a V. E. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 149

A consecuencia de la solicitud de doña Rufina Marin viuda del Comisario de Ejército don José Manuel Bazan, esta Cámara ha acordado el siguiente proyecto de lei:

"Artículo único. Se concede a doña Rufina Marin, viuda del Comisario de Ejército don José Manuel Bazan, la pensión de quince pesos mensuales que gozarán de consuno con sus hijas miéntras permanezca viuda i éstas no tomen estado".

Acompaño los antecedentes.

Dios guarde a V. E. —Santiago 17 de Octubre de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.