Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXXVII (1845).djvu/306

Esta página ha sido validada
306
CÁMARA DE SENADORES

almacenes de aduana en Valparaiso $ 100,000

$ 145.421


Acompaño los antecedentes.

Dios guarde a V.E. —Santiago, 4 de Setiembre de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S.E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 96

Conformándose esta Cámara con el acuerdo de la que V.E. preside, ha creído oportuno desistir de las enmiendas que hizo a los artículos 7.º, 8.° i 23 del proyecto sobre prelacion de créditos; de consiguiente ha dado su aprobacion a los predichos artículos en los mismos términos que aparecen en el proyecto que se sirvió V.E. remitirme en oficio de 22 de Noviembre del año próximo pasado.

Devuelvo los antecedentes.

Dios guarde a V.E. —Santiago, 4 de Setiembre de 1845. —R. L. Irarrázaval. Ramón Rengifo. —A S.E. el Presidente la Cámara de Senadores.


Núm. 97

La Comision de Gobierno tiene la honra de esponer que don Jerónimo Schiattino ha justificado haber residido diez años en Chile, donde ejerce la industria de capitan de buque i tiene capital en jiro. Ademas ha manifestado ante la Municipalidad de Valparaiso, donde reside, su intencion de avecindarse en Chile; por todo lo cual se halla en el caso de obtener del Senado la declaracion prevenida por el artículo sétimo de la Constitucion.

Sala de la Comision, Setiembre 5 de 1845. —A. Bello.


Núm 98

La Comision de Gobierno tiene la honra de esponer que don Francisco Rondanelli ha probado estar residente en Chile mas de diez años, i ejercer la industria de capitan de buque. Ademas ha declarado ante la Municipalidad de Valparaiso su intencion de avecindarse en Chile. Se halla en el caso de obtener del Senado la declaracion prevenida por el artículo 7.º de la Constitucion.

Sala de Comisiones, Setiembre 5 de 1845. —A. Bello.


Núm. 99

La Comision de Gobierno tiene la honra de esponer que don Cárlos Capurro ha justificado residencia de mas de diez años en Chile, ejercer su industria de capitan de buque i tener propiedad raiz en el territorio de la República. Por lo cual i por haber declarado ante la Municipalidad de Valparaiso, donde reside, su intencion de avecindarse en Chile, se halla en el caso de obtener del Senado la declaracion prevenida en el artículo 7.º de la Constitucion.

Santiago, 5 de Noviembre de 1845. —A. Bello.


Núm. 100

La Comision de Gobierno tiene el honor de informar que don Antonio González ha probado suficientemente haber residido once o doce años en Chile, i tener bienes raices en el territorio de la República. A mas ha declarado ante la Municipalidad de Valparaiso, donde resida su intencion de avecindarse en Chile. Se halla por tanto en el caso de obtener del Senado la declaracion prevenida por el artículo 7.º de la Constitucion.

Sala de Comisiones, Setiembre 5 de 1845. —A. Bello.


Núm. 101

A consecuencia de la solicitud de don Antonio González, natural de Portugal i residente en Valparaiso, de don Cárlos Capurro, de don Francisco Rondanelli i de don Jerónimo Schiattino, natural de Italia, i avecindados tambien en Valparaiso, el Senado ha tenido a bien declarar que todos ellos están en el caso de obtener la naturalizacion que han pedido, acordando igualmente ponerlo en conocimiento de V.E. para que se sirva mandar espedir las cartas correspondientes.

Dios guarde a V.E. —Santiago, Setiembre 9 de 1845. Bello. —A S.E. el Presidente de la República.