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CÁMARA DE SENADORES

raria podrá disputarse: sobre la necesidad de su existencia, no cabe duda.

Paso a probar que la Universidad no está excesivamente dotada. Aun cuando la asignacion que se ha rebajado fuese toda rigurosamente universitaria, no debería parecer excesiva. Pero, no es así; hai sobre esta materia un error bastante comun. Segun la Constitucion debe haber una Superintendencia Jeneral de educacion; i dado caso que no tuviera Universidad esta Superintendencia Jeneral, depositada ahora en el Consejo Universitario, debería forzosamente existir. De modo que la cuestion que podria suscitarse es sobre si conviene que la Superintendencia se ejerza por un solo individuo, o por un cuerpo colejiado, por el Consejo de la Universidad, como opinaren el Gobierno i las Cámaras, i a mi parecer, mui atinadamente.

Es imposible, de toda imposibilidad, que un individuo posea todas las luces, todas las cualidades necesarias para la vasta inspeccion de todas las ciencias, de todos los ramos de literatura i de enseñanza primaria en todo el territorio de la República.

Pero aun suponiendo que esta Superintendencia fuese una majistratura unipersonal, seria necesario dotarla competentemente; seria necesario crear, para el ejercicio de sus funciones i la custodia de su archivo, una secretaría, una oficina compuesta de cierto número de empleados.

Este gasto, necesario, imprescindible, si ha de darse cumplimiento a la Constitucion del Estado, es uno de los que se escluyen en la asignacion universitaria que los señores de la Comision han querido sujetar a una cuantiosa rebaja.

Pero no es ese el único que se ha discutido en esa asignacion sin ser propiamente universitaria.

La Academia de práctíca forense tiene un Director a quien no puede justamente negarse una asignacion correspondiente a los servicios que presta.

Por la lei Orgánica de la Universidad, el Decano de la Facultad de Leyes es Director de la Academia, i como Decano i Director no recibe mas que la mezquina dotacion de mil pesos.

Supongamos que no existiese la Universidad; la Academia de práctica forense, que existia sin ella, existiría siempre aunque no hubiese Universidad; no veo en qué principio de justicia se funde que el Director fuese obligado a ejercer gratuitamente un empleo de servicio público, que requiere, para ser dignamente desempeñado, una laboriosa educacion científica.

Lo mismo digo del Decano de Teolojía, que es al mismo tiempo Director de la Academia de ciencias sagradas.

Hai mas todavía: el Decano de Ciencias Físicas i Matemáticas es al mismo tiempo conservador del Museo. Como conservador del Museo le incumbe el conocimiento, el estudio, la clasificacion de todos los objetos de la historia natural.

Este es un destino que no puede servirse sin una posesion completa de los varios ramos científicos comprendidos en la historia de la Naturaleza; que no puede servirse sin un trabajo continuo, i sin una grave responsabilidad.

Un sueldo anual de dos mil pesos no seria mucho para un conservador de Museo. Pues bien, el conservador del Museo es al mismo tiempo Decano de la Facultad de Ciencias Físicas i Matemáticas, i no recibe como conservador del Museo i como Decano, mas que mil pesos al año. ¿I puede abrigarse la idea de rebajar todavía una asignacion tan mezquina?

Téngase presente que todos estos destinos incluidos en la asignacion universitaria no son universitarios, sino porque la lei ha querido refundirlos en la Universidad. Sin ella habría forzosamente la Superintendencia jeneral de estudios ordenada por la Constitucion; habria Academia de práctica forense i de ciencias sagradas, i seria necesario dar a sus Directores una remuneracion competente; habria en fin, Museo, i valdría mas que no lo hubiese, si no hubiese de encomendarse su custodia i arreglo a manos competentes, como sucederia si no se retribuyese de algun modo este servicio.

La Facultad de Filosofía i Humanidades es la única que podria parecer a algunos un objeto de lujo. Yo no la creeria tal, aunque sólo se ocuparan en las materias análogas a su título. Pero ella está encargada por la lei de un objeto eminentemente necesario i eminentemente laborioso: la enseñanza primaria. A ella toca especialmente promoverla, inspeccionarla, formar su estadística. Basta lo dicho para que la honorable Cámara juzgue si puede hacerse rebaja alguna en la dotacion de la Universidad, cuando se deja a las demas corporaciones del Estado disfrutar de la totalidad de las suyas. Si hubiese motivo de temer un déficit en nuestra hacienda, lo que dictaría en tal caso la justicia seria distribuirlo equitativamente entre todos los partícipes de las rentas públicas; i la Universidad no seria la que se sometiese con ménos gusto a las reducciones que le cupiesen.

El señor Ortúzar. —En ninguno de los miembros de la Comision, ha cabido dudas sobre la necesidad i ventajas de la Universidad; todos conocemos que están bien desempeñados los distintos ramos que abraza: pero habia dos personas de la Universidad entre los miembros de la Comision i estando alarmada esta al ver que los gastos públicos habian excedido a las entradas del año pasado, se quiso hacer disminucion en los primeros; se dijo que habia secretarías que estaban dotadas de un modo superior a sus trabajos; lo mismo que se creyó respecto de algunas facultades de la Universidad que no se reunen i los mismos dos miembros de ella que