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SESION EN 1.° DE SETIEMBRE DE 1845

dado lo necesario al cura incóngruo que se menciona? ¿Se cree que por que se acuerda esta cantidad el Gobierno ha de darla a todos los que quieran? No, señor, la dará a aquellos que verdaderamente la necesiten.

El señor Egaña. —Eso fué la observacion que hice al principio de esta discusion: dije que todos los curas que necesitaban algun ausilio estaban dotados ya, i no concibo que haya una urjencia como la que se quiere prever. Ahora, pues, trascurriendo tan poco tiempo en la reunion ordinaria del Congreso, yo creo que cualquiera necesidad que ocurra se puede remediar. Hai un inconveniente en estas partidas, porque con el pretesto de haber de donde sacar se echa mano para cosas que no son tan necesarias. Yo creo, que para el año que viene se puede deliberar con mejor conocimiento de causa.

El señor Presidente. —Casi todos los sínodos que existen son señalados de tiempo inmemorial, a escepcion de las nuevas parroquias, como la de la Victoria en Maipo, i otras. Cuando aludí ántes a un cura de Valdivia, fué porque éste era capellan de ejército, i si le daba una cantidad por las muchas necesidades que tenia: pero ¿quién duda que habiendo una suma de 1,500 pesos para dotar curas incóngruos, se ha de gastar aunque no haya necesidad? Hasta el dia hai curatos que tienen sínodos, porque lo tuvieron desde el tiempo del Rei, ¿por qué no esperamos la división de parroquias para que con acierto se dote al que lo necesite? Mi voto, es pues, porque se suprima la partida en su totalidad.

El señor Ortúzar. —Por no repetir lo que ha dicho el señor Presidente no cito muchos curas que tienen mejores proventos, i sin embargo, se les está dando cóngrua.

Se preguntó a la Sala si se suprimia o no el gasto, i resultó que no debia suprimirse, por ocho votos contra seis.

En seguida se preguntó tambien si convenia o no en la rebaja propuesta por la comision, i prevaleció la afirmativa por diez votos contra cuatro; quedando por consiguiente, el gasto reducido a la suma de 1,500 pesos.

Se aprobó por unanimidad la partida de 6,941 pesos para diversos gastos del culto, i se suspendió la sesion.

A segunda hora se aprobó tambien por unanimidad la partida 13,444 pesos para los gastos de misiones de propaganda.

En seguida se puso en segunda discusion el artículo 7.° del proyecto de lei sobre nuevo arreglo de sueldos militares, i el señor Egaña presentó una enmienda para subrogar, concebida en estos términos:

Art. 7.° Los jenerales que desempeñaren la Inspección Jeneral del Ejército o la de guardias nacionales, recibirán una gratificacion a razon de dos mil pesos anuales durante el tiempo que permanecieren fuera del departamento donde tiene asiento la Inspeccion, visitando los cuerpos del ejército o milicias."

El señor Presidente. —Está en discusion esta enmienda.

El señor Aldunate. —Yo creo que no sería justo privar a los Inspectores jenerales de las gratificaciones; primeramente, por que no sólo se les da por los gastos que tienen que hacer cuando salen, sino por el pesado trabajo i responsabilidad que gravita sobre ellos. Si se fuera a dar a los Inspectores Jenerales la gratificacion necesaria por los gastos que les ocasiona la salida, sin duda que seria mui corta la que está asignada; i tengan presente ante todo, que cualquiera empleado civil que salga del lugar donde reside se le da gratificacion mayor que ésta. El visitador jeneral en el ramo judicial, por ejemplo, para quien se han señalado ocho mil i tantos pesos por sueldo i gratificacion; i esta asignacion ha sido en el supuesto de que siempre tiene que hacer gastos estraordinarios. No sé, pues, que diferencia se puede hacer de un Jeneral que tiene siempre un trabajo constante i que salir muchas veces con los Jenerales que pueden considerarse como en servicio pasivo. Esta es una pequeña gratificacion i el trabajo que tienen no se recompensa con ella. Asi es que la diferencia del sueldo de éstos Jenerales que sirven en un trabajo tan constante, viene a ser mui corta respecto del que tienen los que están en un servicio pasivo.

El señor Egaña. —Debe suponerse primeramente que este artículo habla de los Jenerales a quienes está encargada la Inspección del Ejército de las milicias. Por consiguiente que habla de funcionarios que tienen una renta fija, i yo no sé para que seria esta renta si por cada encargo que se les hiciese, o por cada Comision se les señalase un sobresueldo. Esto no me parece arreglado.

Para estimularlos a servir, tienen la diferencia que establece el mismo proyecto, pues los Jenerales en servicio activo tienen un sueldo mayor que los que están en cuartel. Para que se consideren en actividad, es preciso que estén desempeñando uno de estos destinos; pero yo pregunto ¿qué se quiere respecto de estos funcionarios, si por cada comision se les ha de dar un nuevo sueldo?

Este plan de gratificaciones no lo creo justo, i por eso opino que en el lugar donde tiene asiento la oficina i donde aquellos residen no deben recibir mas sueldo que el correspondiente a su grado. Es preciso fijarse tambien en el mérito de los funcionarios, porque si es un Jeneral de Brigada el que está en estas funciones, el Gobierno lo atenderá para que ascienda a Jeneral de Division; de suerte que no sólo está dotado, sino que se le recomienda para otro ascenso de mas sueldo i de mas categoría.

Por otra parte, señalando a los Jenerales un sobresueldo como el que se propone, vendrian