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SESION EN 1° DE SETIEMBRE DE 1845

ordinarios i estraordinanos del culto i la relativa al seminario conciliar variando la redaccion de ámbas partidas; i despues de algún debate se aprobó la partida por once votos contra tres con formándose la Sala con las redacciones propuestas por la Comision.

Se puso en discusión la partida 11 i se consideró el dictámen de la Comisión relativa al encabezamiento de ella i el señor Egaña para salvar dificultades pidió que a la redacción propuesta por la Comision se agregasen las palabras "que no estén esceptuados" con lo cual convino la Cámara por unanimidad.

Convino también con la redaccion propuesta por la misma Comision del ítem de dos mil pesos destinados para gastos ordinarios i estraordinarios del culto i sin mas variacion quedó aprobada toda la partida por unanimidad.

Las partidas 12 i 13 fueron igualmente aprobadas por unanimidad i con respecto a la 14, el señor Aldunate propuso que se aumentase con diez mil pesos i esta indicación fué desechada por ocho votos contra seis, En seguida se votó sobre la partida tal como aparece en el presupuesto orijinal i fué aprobada por unanimidad.

Puesta discusión la partida 15, se pasó a considerar la rebaja que pide la Comision de Presupuestos relativa al ítem de 2,500 pesos para sínodos de cura incóngruos.

El señor Presidente pidió se suprimiese este gasto i despues de algún debate se procedió a votar sobre esta indicacion que fué desechada por ocho votos contra seis.

Luego se preguntó a la Sala si convenia o nó en la rebaja propuesta por la Comision i prevaleció la afirmacion por diez votos contra cuatro, quedando por consiguiente reducido el ítem a la suma de 1,500 pesos.

Puesta en discusión la partida 16 fué aprobada por unanimidad i se suspendió la sesion.

A segunda hora se aprobó también por unanimidad la partida 17, siendo su tenor i el de las anteriores como sigue:


SECCION DEL CULTO


Iglesia Metropolitana i su Seminario Concillar


Renta del Reverendo Arzobispo...
$   6,000

Renta del Dean  3,000

Renta del Arcediano  2,600

Renta del Chantre
2,600

Renta del Maestro Escuela
2,600

Renta del Tesorero
2,600

Renta de la Canonjía 1.ª 
2,000

Renta de la Canonjía 2.ª 
2,000

Renta de la Canonjía 3.ª 
2,000

Renta de la Canonjía 4.ª 
2,000

Renta de la Canonjía 5.ª   
$ 2,000

Renta de la Canonjía 6.ª
2,000

Renta de la ración 1.ª  
1,400

Renta de la ración 2.ª 
1,400

Renta de la ración 3.ª
1,400

Renta de la media ración 1.ª  
800

Renta de la media ración 2.ª
800

Renta de la media ración 3.ª
800

Para gastos del culto el total producto de la casa escusada, que se calcula en  9,000

Renta del mayordomo ecónomo  
800

Renta del Secretario del cabildo eclesiástico
300

Al mismo para gastos de escritorio
100

Renta del sacristan mayor
100

Renta del maestro de ceremonias.
200

Renta de cuatro capellanes de coro con 200 pesos cada uno
800

Renta de un capellan de coro jubilado
200

Renta del pertiguero
100

Renta del apuntador de fallas
100

Renta del maestro de capilla
800

Renta del mismo en calidad de cantor
300

Renta de una voz de tenor
450

Renta de una voz de bajo
450

Renta de una voz de alto
200

Renta de un organista
400

Renta de dos primeros violines con 240 pesos cada uno
480

Renta de dos segundos violinistas con 192 pesos cada uno
384

Renta de una viola
200

Renta de un primer violoncelo  
180

Renta de un segundo violoncelo  
144

Renta de un contrabajo
180

Renta de un primer clarinete
240

Renta de un segundo clarinete  
140

Renta de una flauta
144

Renta de seis seises con 72 pesos cada uno
432

Renta de un primer sochantre
400

Renta de segundo sochantre
240

Renta del primer sacristan
186

Al mismo por sobresueldo por hallarse encargado del cuidado de la cera, vino, incienso, etc
12

Renta de un segundo sacristan  
96

Renta de un sacristan 3.°
84

Renta del campanero
96
Renta del perrero 72
Renta del fuellero
48
Al Seminario Conciliar, el total señalado por la lei que se calcula en
5,630
SUMA  $ 61,788