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SESION EN 2 DE SETIEMBRE DE 1842

tar se situase fuera de Santiago, pero la Sala desechó esta indicacion por ocho votos contra tres. El proyecto de lei es el siguiente:

Artículo primero. —Se suprimen las plazas de cadetes en los cuerpos de Ejército i un cabo primero por cada compañía de la dotacion señalada por la lei a cada una.

Art. 2.º Se establecerá una Academia Militar, tanto para la enseñanza de los cuarenta cadetes que actualmente corresponden a los cuerpos del Ejército, segun ordenanza, como para la de los cabos primeros que se suprimen en el Ejército por el artículo anterior.

Art. 3.º El número de cabos primeros i cadetes que se destinan a la Academia Militar, formarán parte de la fuerza del Ejército permanente; debiendo abonárseles el mismo sueldo que al presente disfrutan segun sus respectivas clases.

Art. 4.º Se asigna la cantidad de 3,500 pesos anuales para el pago de profesores i demás gastos del establecimiento.

Art. 5.º Las gratificaciones o sueldos que se asignaren a los empleados en la Academia Militar serán compatibles con los de cualquier otro destino.

Art. 6.º El Presidente de la República, en uso de sus facultades, dictará el plan de estudios que debe seguirse en la Academia i los demas reglamentos que crea necesarios a su mejor órden, economía i gobierno.

En este estado se levantó la sesion, quedando en tabla para la próxima los proyectos de lei sobre caminos, puentes i calzadas, sobre visita judicial, sobre nombramiento i dotacion de jueces, la discusion por menor de la solicitud de doña Cármen Mujica. i el proyecto de transaccion con don Francisco García Huidobro. —Egaña.


SESION DEL 2 DE SETIEMBRE [1]

Se abrió a las 7¹/⁴ de la noche i se levantó a las 9³/⁴. El Pro-Secreario dió cuenta de cuatro mensajes del Presidente de la República que tenian por objeto prorrogar por treinta dias mas las sesiones ordinarias del Congreso, proponer la fuerza armada de mar i tierra que debe tener la República en 1843, recomendar la pronta reforma del reglamento de elecciones de que el Senado se habia ocupado dias há i pedir se despachase el proyecto de lei que pendia en la misma Cámara sobre la creacion de la nueva provincia de Valparaiso. Dió cuenta asimismo de varios oficios de la Cámara de Diputados relativos a solicitudes particulares i leyó dos informes de las Comisiones de Lejislaciones i Hacienda sobre el valor de los documentos otorgados en papel simple i sobre una solicitud de don Ramon Vargas para que se mande liquidar sus cuentas detenidas en la Contaduría Mayor por el entorpecimiento en que se halla esta Oficina. El Ministro de Guerra leyó en seguida la memoria de este ramo, i concluida que fué se puso en discusion el proyecto de Academia Militar que el Gobierno habia pasado i se aprobó unánimemente en todos sus artículos despues de algunas discusiones. Dispónese por él que suprimidas en cada compañía de los cuerpos del Ejército una plaza de cadete i otra de sarjento primero, se reúnan en la Academia a fin de que este establecimiento no orijine mayores gastos que los que se han hecho hasta aquí en el ramo militar; se asignan solo $ 3,500 demas para gratificacion de profesores.

El dia 5 no hubo sesion.

La premura del tiempo no nos permite insertar la del 7, que reservamos para el siguiente número.


Núm. 127

Estando para terminar el período de las sesiones ordinarias del Congreso sin que le haya sido posible el despacho de los importantes proyectos que están sometidos a su consideracion, en uso de la facultad que me confiere la parte 4.ª del artículo 82 de la Constitucion, he acordado prorrogar las sesiones del cuerpo lejislativo por treinta dias contados desde el 1.º de Setiembre inmediato. Lo cual pongo en noticia de V. E. para conocimiento de la Cámara que preside.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Agosto 30 de 1842. —Manuel Búlnes. Ramon Luis Irarrázaval. A S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 128

En 25 de Octubre de 1833, se pasó por el Gobierno al Congreso un proyecto de lei en que se propuso la creacion de una nueva provincia compuesta de los departamentos de Valparaiso i Casa Blanca que hoi pertenecen a la de Santiago i del de Quillota que es parte de la de Aconcagua. Este proyecto fué aprobado por la Cámara de Diputados que lo transmitió al Senado en 16 de Diciembre de aquel año, i mui posteriormente en 8 de Junio de 1835, la Cámara de Senadores lo tomó en consideracion i acordó suspender toda resolucion sobre el asunto hasta que se sancionase la lei de administracion de justicia.

No considerando necesario reproducir las razones de conveniencia i utilidad en que está

  1. Esta sesion ha sido tomada de El Semanario de Santiago Núm. 9 de 8 de Setiembre de 1842. -(Nota del Recopilador).