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SESION EN 18 DE OCTUBRE DE 1844

menor recurso, rodeada de tantos i tan tiernos hijos que despedazan mi corazon de dolor, i lo que es peor en los últimos dias de mi vida, agoviada de pesares i de una grave enfermedad de tisis desahuciada de los facultativos.

Si esta noche pues no se acuerda mi solicitud habrá de quedar mi familia pereciendo. Por tanto, a Vuestra Soberanía se digne resolver con preferencia mi solicitud apiadándose de mi desgraciada situacion. —Es gracia. —Mercedes Fernández.


Núm. 332

El Congreso Nacional ha prestado su aprobacion al proyecto de lei, que tengo el honor de trascribir, iniciado por uno de los miembros de esta Cámara:

Artículo único. La nacion concede a la viuda e hijas de don Juan José Benavente una pension piadosa de 25 pesos mensuales, para que la gocen de consuno la viuda miéntras permanezca en viudedad i las hijas miéntras permanezcan sin estado.

Dios guarde a V.E. —Santiago, Octubre 19 de 1844. —Francisco Antonio Pinto, Presidente. Ramon Renjifo, Diputado-Secretario. —A S.E. el Vice-Presidente de la República.


A solicitud de doña Micaela Zuazagoitía, el Congreso Nacional ha tenido a bien aprobar el siguiente

PROYECTO DE LEI:

Artículo único. El Congreso Nacional, en atencion a los méritos del finado don Ildefonso Redondo concede a su viuda doña Micaela Zuazagoitía una pension de diez pesos mensuales durante su vida i miéntras permanezca en viudedad.

Dios guarde a V.E. —Santiago, Octubre 19 de 1844. —Francisco Antonio Pinto, Presidente. —Ramon Renjifo, Diputado Secretario. —A S.E. el Vice-Presidente de la República.


Núm. 333[1]

Un sentimiento de justicia nos obliga a ocuparnos en valuar los fundamentos de los cargos que en una carta a El Mercurio de 16 del corriente se hacen al sistema administrativo que ha seguido nuestro Gobierno, durante el tiempo que don Manuel Renjifo ha desempeñado el Ministerio de Hacienda.

Declaramos desde luego, para que no se nos culpe de presuntuosos, que no es nuestro ánimo en una polémica ajena. Tenemos la misma libertad que todos para espresar nuestro juicio sobre materias que conciernen al servicio público. Ni nos proponemos dar a la materia toda la estension de que es susceptible, sino sólo presentar algunas observadores sobre lo que nos parece mas injusto o mas inexacto en la severa i ácria censura de aquella carta.

Es cierto que el Ministro don Manuel Renjifo no ha contraído ningun mérito en el hecho de pagar a los acreedores del Estado, teniendo dinero con que hacerlo; pero eso no quita que lo haya contraido i mui grande, en los antecedentes que condujeron a que fuese posible ese pago.

Habia dinero con que pagar; ¿pero por qué lo habia? Recuérdese el atraso i la confusion en que se hallaban las rentas cuando el señor Renjifo tomó la cartera. Al cabo de pocos años se halla el erario en disposicion de cubrir todas las atenciones del servicio, i de satisfacer a los acreedores del Estado. ¿A quién se debe ese venturoso cambio? Nosotros dando su parte a los efectos naturales de la restauracion del órden, juzgamos que otra parte importante se debe a los arreglos administrativos del ramo de hacienda. I nótese que aun en esa parte que adjudicamos a la estabilidad de la paz interior, le cabe una no pequeña fraccion al administrador intelijente i laborioso que mejorando las rentas, organizándolas, sometiéndolas a una prudente economía, las puso en estado de suministrar con regularidad sus salarios a los empleados públicos, i su prest al soldado; porque no es deslustrar al ciudadano el reconocer que se sirve con mas celo al Estado que mejor recompensa los servicios, i que el Estado a quien se debe no sólo la proteccion sino la existencia misma del individuo i de la familia adquiere mas imperioso i mas sagrados títulos sobre sus servidores.

Dícese que el Gobierno debió haber previsto la crisis económica que hoi se presenta en Chile. He aquí un cargo que pudiera hacerse con mucha mas razon a los gobiernos de los Estados Unidos de América, al de la Nueva Granada, al de Venezuela. He aquí a los gobiernos hechos responsables de las fluctuaciones i vaivenes que acontecen tan a menudo en el comercio, i que dependen, como todos saben, de causas complicadísimas, i en mucha parte incalculables.

Los particulares a quienes iba en ello toda su fortuna, no alcanzarán a prever esta crisis; i el Gobierno de Chile debia tener una perspicacia superior a la de los ojos linces del interes privado.

Nadie hasta ahora ha creido obligatorio en

  1. Este artículo ha sido tomado de El Mercurio de Valparaiso, del 2 de Diciembre de 1844, núm. 4948. —(Nota del Recopilador.)