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CÁMARA DE DIPUTADOS

ximo anterior i fué aprobado sin modificacion en los términos siguientes:

"Art. 1.º Se establecerá en Valparaiso una oficina especial que bajo la dependencia del Comandante Jeneral de Marina se encargue del despacho i direccion de todos los asuntos que por la ordenanza jeneral corresponde a ella.

Art. 2.º Dicha oficina será servida por un secretario con el sueldo anual de $1,200, por un oficial con el de $600 i por un portero con el de $120.

Art. 3.º Se le asignan anualmente para gastos de escritorio $100 i para pago de casa miéntras el Gobierno no proporcione un local a propósito $500 i se mandó comunicar al Senado."

Púsose en segunda discusion el artículo 14 del proyecto de lei del réjimen interior modificado por la Cámara de Senadores i puesto en votacion resultó desechada la modificacion o agregacion del Senado que consiste en las palabras miéntras la lei no les designe sueldo, por mayoría de veintiocho votos contra uno, quedando por consiguiente el artículo en los mismos términos en que fué aprobado por esta Cámara en el período anterior segun esta redactado en el proyecto orijinal.

Se pasó despues a la segunda discusion del artículo 106 agregado por el Senado a dicho proyecto para determinar las facultades de los Gobernadores, i fué desechada la redaccion de la primera paite, habiéndose convenido en reformarla i quedaron aprobadas la 2.ª i 3.ª en la forma siguiente:

"2.ª La de dar órden al juez competente para que proceda a la averiguacion de cualquier hecho criminal i forme la correspondiente causa.

3.ª La de hacerse dar cuenta por los jueces respectivos una o varias veces o en períodos determinados del estado i progreso de cualquiera causa que penda ante ellos."

Con lo cual concluyó la sesion a las once i cuarto de la noche. —R. Renjifo.



Sesion estraordinaria en 3 de noviembre [1]

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un informe de la Comision de Hacienda sobre el proyecto de lei número 3, presentado por la Comision Mista i reformado por el Senado.

Se puso en discusion particular un proyecto sobre la creacion de una oficina especial de marina en el puerto de Valparaiso.

Se leyó el artículo 1.°

El señor Lastra tomó la palabra i dijo: La marina es una carrera profesional, cuyos conocimientos se adquieren a fuerza de esperiencia. Asi, vemos en Inglaterra un Almirantazgo i en Francia un Ministro encargado para cuidar el arreglo de la Marina. Chile, por su situacion respecto de las demas repúblicas de América i por su larga costa en el Pacífico, parece llamado a crearse una marina.

La que ha tenido ha sido creada, o mas bien, ha sido improvisada por la necesidad i las circunstancias, pero se ve que la mayor parte de los que componen las tripulaciones son estranjeros. Parece, pues, ya llegado el tiempo en que pensemos en el arreglo de un ramo tan importante para Chile. Pero el puerto de Valparaiso no parece el mas a propósito para establecer esta oficina, porque no presenta la seguridad ni la capacidad suficiente, miéntras tenemos muchos otros puertos, tanto al Norte como al Sur de la República, que nos ofrecen estas ventajas mejor que Valparaiso. Por lo mismo seria conveniente señalar un punto en que poder establecer con mas acierto la oficina de que se trata.

Se procedió a la votacion del artículo i fué aprobado por unanimidad.

En seguida se puso en discusion el artículo 2.º

El señor Lastra hizo presente que no sabia qué pensaria hacerse con la Comisaría de Ma o qué destino se le daria, despues de creada esta oficina.

El señor Irarrázaval dijo que las funciones de una i otra oficina eran enteramente distintas. La Comisaría de Marina se ocupa de la contabilidad, sin mezclarse en nada de lo relativo al arreglo de la Marina, miéntras que la oficina que se trata de establecer conocerá de todos los asuntos pertenecientes al ramo de navegacion, ménos de la contabilidad.

Con lo que se puso en votacion i fué aprobado por mayoría de 28 votos contra uno.

Se leyó el artículo 3.º i no habiendo ningun señor Diputado que tomase la palabra, se votó sobre él i fué aprobado por unanimidad.

Despues se puso en segunda discusion el artículo 11 del proyecto de lei sobre el réjimen interior que habia quedado suspenso en la sesion pasada, sobre lo cual el señor Irarrázaval manifestó que el órden mas regular era conocer en segunda discusion de los artículos que se habían tratado en primera en la sesion anterior.

Se leyó el artículo 14. El señor Irarrázaval dijo que en la sesion próxima habia observado la necesidad de apoyar la reforma hecha por el Senado en este artículo; pero que despues habia conocido que resultaban muchos inconvenientes de la adicion del Senado, por lo que era de opinion se aprobase sin ella el artículo.

El señor Renjifo dijo que la única agregacion que se habia hecho al artículo era: "miéntras la lei no les designe sueldo". El espíritu de la oposicion a la reforma hecha por el Senado ha sido manifestado por algunos señores diputados que se fundaban en que el cargo de gobernador

  1. Esta sesion ha sido tomada del periódico El Progreso, correspondiente al 6 de Noviembre de 1843, núm, 300. —(Nota del Recopilador).