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SESION EN 18 DE OCTUBRE DE 1843

tos proyectos dirijidos a este fin, en los que sus autores se proponían mas o ménos hermanar la conveniencia pública con el interes individual, i careciendo por otra parte el Gobierno de suficientes datos para apreciarlos en sí mismo i comparativamente, creyó oportuno hacerlos examinar por una comision compuesta de tres mui ilustrados miembros de las mismas Cámaras Lejislativas, la que, despues de analizar en todas sus complicadas relaciones un asunto de notable trascendencia, debe exponer su juicio sobre los paso; que convenga dar para proceder en él con el apetecido acierto, i sobre cuál de esos proyectos deba tener justamente la preferencia, o formar uno nuevo en que mejor se enlacen los intereses del común i los particulares. Sé que la mencionada comision tiene casi concluido un trabajo con el que los ciudadanos que la componen deben lisonjearse de que harán un gran servicio a su pais, poniendo al Ministerio en actitud de hacer lo que ahora no podria ejecutar sin riesgo de incurrir en errores fatales.

Ni ha olvidado el Gobierno ninguna de las leyes orgánicas que no han sido dictadas todavía, de las que incumbe al departamento del Interior, i que la Constitucion ordena que se espidan para hacerla efectiva. Pasó en proyecto al Consejo de Estado la que debe arreglar el modo en que puedan enajenarse las propiedades vinculadas; proyecto que, en la discusion de él, que se inició, ofreció a algunos consejeros dificultades graves, que dieron lugar a que se nombrase una comision del seno de dicho cuerpo para que, examinándolo circunspectamente, presentase los medios de zanjar los embarazos apuntados.

Sometida desde mui atras a la deliberacion del Congreso la lei de arreglo del réjimen interior en la parte relativa a cuanto concierne a los Intendentes, Gobernadores de Departamentos Subdelegados e Inspectores, cuyo arreglo se hace cada dia mas urjente, pues es hasta de admirar que haya mediana regularidad en el modo de que esos empleados, careciendo casi absolutamente de reglas a que atenerse, lo que del todo no puede ser suplido por las órdenes e instrucciones del Gobierno, ejercen sus funciones, toca ya a su conclusion el trabajo de la segunda parte de dicha lei, que se os presentará tambien en breve, i que debiendo abrazar la perfecta organizacion de las Municipalidades, detallar por menor las atribuciones de éstas, i designar la forna en que han de elejirse sus principales miembros, llenará un vacío que diariamente detiene la marcha de unas corporaciones que serán sobremanera benéficas cuando se les allane el camino por el que in guía avanzan hoi mui poco a poco entre los mil escollos que les pone delante la incertidumbre i el fundado temor de estraviarse o de errar. Se completará la interesantísima lei a que me estoi refiriendo con una ordenanza jeneral de policías que me ocupo actualmente en preparar, parte de aquella que convendréis conmigo en que no es sin duda la ménos reclamada por los que apetecen que sean entre nosotros reales i efectivas las garantías de los ciudadanos, i que éstos disfruten de todos los goces que proporciona una sociedad adelantada.

Pero algo mas que las disposiciones enunciadas es indispensable para perfeccionar nuestro sistema gubernativo: se necesita dar impulso, dar movimiento aun a sus recites secundarios, sin lo cual el resultado forzoso seria que la accion de los primeros se embotase. A aquellos es a los que tienden los proyectos, uno de los cuales es lei ya, relativos a la creacion de dos nuevas provincias, i el en que se os ha propuesto acordar la merecida recompensa a las laboriosas tareas de los funcionarios provinciales i departamentales del órden ejecutivo, i a los mismos se dirije tambien el pensamiento que el Gobierno ha concebido de visitar sucesivamente toda la República.

A mi juicio, dejando a un lado honrosas pero no mui comunes escepciones, es hacerse ilusion, creer que habrá un número competente de individuos que sin otro estímul i que su patriotismo consientan en la pérdida de su tranquilidad, en poner a pruebi su reputación, en abandonar o descuidar al ménos sus negocios, en comprometer quizás la propia suerte futura i la de sus familias, solamente por poder decir, sirvo a mi pais; los hechos convencen de que esto no es ni presumible. Si reflexionáis, ademas, la diferencia tan marcada que hai entre los servicios gratuitos i los que son proporcionadamente remunerados; si atendeis a los males que una tolerancia, necesaria hasta cierto punto en el primer caso, debe ocasionar, i si reconocéis que es de notoria justicia que el listado pague al que el Estado ocupa, no vacilareis para concurrir a la sancion de una medida que, puesta en práctica, estoi cierto hará palpar en poco tiempo la exactitud de cuanto he dicho acerca de ella.

Por lo que hace al viaje del Gobierno que, entre otros importantes fines, tiene el de que aquel, oyendo con cautela i apreciando por sí mismo diversas relaciones, inspeccionando el estado de atraso o adelantamiento en que se halla cada pueblo, recibiendo por sus propíos ojos impresiones que perdería mucho de su enerjía si de distinta manera se recibiese, pueda, con fiel i suficiente conocimiento de causa, ora animar con su aprobacion a aquellos de entre sus ajentes cuyos manejos la merezcan, ora detener en la carrera de los abusos a los que no corresponden a su confianza, aquí remediar un mal que no se le habia da Jo ántes a conocer en toda su estension, allí promover una mejora cuya facilidad e impoitancia no habia sido talvez debidamente apreciada; por lo que hace, repito, a ese oportuno i provechoso pensamiento, nada tengo que añadir a lo que sobre él os dijo el Presidente de