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SESION EN 6 DE OCTUBRE DE 1843

lazuelos, Pinto, Prieto, Rosas, Seco, Toro don Santiago, Varas, Velásquez, Vial don Manuel, Vial don Ramon, Vila, Vidal, i Renjifo.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un mensaje del Presidente de la República, en que se contiene un proyecto de lei para el establecimiento de una oficina especial encargada de la direccion i despacho de los asuntos de la Comandancia Jeneral de Marina en Valparaiso i se mandó pasar a la comision militar.

Se puso en segunda discusion particular el proyecto de lei de autorizacion para la compra de terrenos en Valparaiso i fueron aprobados sus dos artículos en la forma siguiente:

"Artículo primero. Se autoriza al Presidente de la República para que invierta hasta la cantidad $ 70,000 en la compra de los sitios i casas contiguos o inmediatos a la Aduana de Valparaiso.

Art. 2.° La compra de dichos sitios i casas sólo podrá hacerse precediendo su mensura i apreciacion sin que el precio que por ellos se dé exceda bajo pretesto alguno del valor en que fuesen tasados."

Se continuó despues la segunda discusion particular del proyecto de sueldos de intendentes i gobernadores departamentales i fueron aprobados en los términos que a continuación se espresan los dos artículos que ántes habian quedado pendientes.

"Art. 3.° Gozarán de un peso diario de sueldo el único oficial de pluma de cada una de las secretarías de las intendencias de Aconcagua, Colchagua, Talca, Maule, Valdivia i Chiloé i los segundos de las de Concepción i Coquimbo. El primer oficial de la intendencia de Santiago gozará $ 750 por año, el segundo $ 550 i el tercero $ 500.

Art. 5.° Los gobernadores departamentales gozarán en adelante el sueldo anual que a continuacion se asigna, siendo de cuenta de cada uno los gastos de escritorio de su oficina.

Mil pesos los gobernadores de los departamentos de Illapel, Combarbalá, Ovalle, Elqui, Vallenar, Freirina, Andes, Quillota, Rancagua i Talcahuano; $ 500 los de los departamentos de Putaendo, Ligua, Petorca, Victoria, Melipilla, Casablanca, Rengo, Curicó, Lontué, Quirihue, Lináres, Parral, San Cárlos, Constitucion, Puchacai, Rere, Laja, Lautaro, Coelemu i Chillan; $ 365 los de los departamentos de Union, Osorno, Carelmapu, Chacao, Quenac, Calbuco, Dalcagüe, Quinchao, Castro, Lemui i Choncbi."

A segunda hora se leyó un informe de la comision de lejislacion en el proyecto aprobado por el Senado relativo a matrimonios de personas que no profesan la relijion católica i quedó en tabla.

Despues continuó la discusion jeneral del proyecto presentado por la comisión militar a consecuencia de la solicitud del jeneral don Manuel Blanco Encalada i quedó en suspenso, habiéndose levantado la sesion a las once i media de la noche. —Pinto. R. Renjifo.



sesion del 6 de octubre [1]

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un mensaje del Ejecutivo en que manifestando la necesidad de que la marina nacional prospere, pide autorizacion para formar una oficina con este objeto, inspeccionada por el Comandante Jeneral de Marina. Continuó en seguida la discusion particular sobre autorizacion al Ejecutivo para invertir la cantidad de $ 70,000 en la compra de terrenos contiguos a la Aduana de Valparaiso, i no habiendo quien hiciese oposicion a los artículos que comprende el proyecto, fueron ámbos aprobados por unanimidad.

Inmediatamente despues continuó la discusion particular del proyecto sobre autorizar a Ejecutivo para aumentar el sueldo de los Intendentes, secretarios i oficiales de las Intendencias i dotar a los Gobernadores.

Se leyó el artículo 3.°

El señor Varas tomó la palabra. En la sesion anterior tuve el honor de hacer a la Cámara las reflexiones que en mi concepto manifiestan que la dotacion de que habla el artículo que se discute, es excesiva. Añadiré ahora una que otra reflexion en contra del artículo.

El Gobierno, al proponer el proyecto de que tratamos, tuvo presente el estado de las rentas nacionales, i en virtud de esta consideracion, anduvo parco en las dotaciones que se asignan a algunos empleados. No ha sido lo mismo que cuando, en el artículo en discusion, concedió a los oficiales de pluma de las intendencias la dotacion excesiva de $ 365. No insistiré en la escasez de fondos: ya he apoyado suficientemente mi opinion sobre este punto: quisiera sólo que en este artículo se rebajase la asignacion que se concede a los escribientes de las Intendencias. Yo creo, señor, que estos intendentes no necesitan de mas aptitudes que un maestro de escuela i la dotacion anual que estos tienen en las provincias, es inferior a la que por este artículo se concede a los escribientes. Raros son en Concepcion los i maestros de escuela que ganan $ 200 anuales; muchos hai que sólo tienen $ 150 i bastantes los que ganan ménoS de $ 100. I si no hai dificultad para encontrar una persona, que, con ménos dotacion, se haga cargo de un empleo que requiere mayores conocimientos que los de un escribiente ¿cómo puede concebirse imposibilidad para encontrar un individuo que desempeñe este último destino con una dotacion mayor? —Podia adoptarse un partido. —

  1. Esta sesion ha sido tomada del periódico El Progreso de Octubre de 1843, núms. 276 i 277. —(Nota del Recopilador.)