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SESION EN 2 DE OCTUBRE DE 1843

tercer caso dijo que era relativo a oficiales de la Intendencia de Santiago en los que aun cuando no se hacia alteracion alguna, se habian puesto, sin embargo en el proyecto para descargar a la Municipalidad de la obligacion de dar $ 475 para pago de estos empleados, manifestó la sin razon porque se había exijido a la Municipalidad semejante pago, i los justos reclamos que aquel cuerpo tenia elevados al Gobierno. Concluyó esponiendo que el objeto del actual artículo, era dar a los intendentes oficiales auxiliares para que pudieran espedirse sin embarazo.

El señor Varas tomó la palabra i empezó manifestando el temor con que usaba de ella, porque en otra sesion se le habian hecho decir cosas que él no habia dicho; dijo que ademas del fundamento jeneral en que apoyaba su oposicion, iba a esponer algunas consideraciones particulares, contra el artículo en discusion; manifestó que era excesiva la dotacion de $ 365 que se da a los oficiales de las intendencias; dijo que estos eran unos verdaderos escribientes que no necesitaban de mas conocimientos que tener buena letra i algunos principios de ortografía, i que no seria difícil encontrar quién desempeñase semejante destino por $ 200, no sólo en las provincias en que semejante suma no es despreciable, sino en el mismo Santiago. Manifestó lo chocante que era que los Gobernadores de las provincias de Valdivia i Chiloé ganasen el mismo sueldo que el oficial de pluma, i concluyó opinando porque se rebajase la suma.

El señor Irarrázaval no convino en que los oficiales de que trata el artículo en discusion fuesen meros escribientes; dijo que a mas de tener buena letra i conocimiento de ortografía, se necesitaba que fuesen hombres rectos, de probidad, a quienes pudieran confiarse asuntos de gran importancia que se trataban a veces en las intendencias.

Dijo que podia manifestar con ejemplos que la dotacion de 365 pesos no era excesiva; que ademas del caso citado ya en que habia manifestado lo imposible que era encontrar un individuo que con el sueldo de 300 pesos, se hiciese cargo del empleo de oficial segundo de la Intendencia de Corcepcion, podia citar otros ejemplos; que cuando se habia nombrado al actual Intendente del Maule, este señor había manifestado al Gobietro la carencia absoluta de un individuo que pudiese ayudarlo; que el Gobierno lo habia facultado para invertir 300 pesos en un oficial ausiliar; i que en tres ocasiones contestó aquel Intendente no poder encontrar un individuo que se hiciese cargo de tal empleo; que el Gobierno entónces, atendiendo a la suma necesidad de aquel empleado i a la urjencia con que se lo exijia el Intendente, dió a éste facultad para invertir 365 pesos, la misma suma que se les concede ahora; i que sólo pudo encontrarse un individuo que desempeñara ese destino. Dijo que quizá seria mas fácil encontrar un oficial en Santiago que en las provincias, i que lo confirmaban en esto los ejemplos que acaba de citar.

Concluyó diciendo que no creia excesiva la dotacion, i que era de opinion que se aprobase el artículo.

El señor Varas insistió en su oposicion. Dijo que habia en los colejios de Talca i de Concepcion profesores con el sueldo de 400 i no estaba seguro si tambien con el de 300 pesos i que no sabia cómo se encontraban esos profesores, cómo se hallaban individuos que desempeñasen un destino que exije mayores conocimientos, casi por la misma dotacion: dijo que en la provincia de Talca creia no ser difícil encontrar jóvenes que por 200 pesos se quisieran hacer cargo de un destino que joco tenia que hacer, manifestó la razon que tenia para esto; dijo que en las provincias del sur eran escasos los medios que se presentan a los jóvenes para gozar la vida i 200 pesos no es suma que se despreciaria cuando se dedican a ocupaciones que con mayor trabajo les producen mucho ménos. Contestó al argumento del señor Ministro en que dijo eta necesario que estes oficiales fueran personas de probidad, alegando que si se queria que hubiese secreto, no se confiase a oficiales asuntos de grande importancia; que los Intendentes o sus secretarios debian redactar i escribir tales asuntos; que este era el método que se observaba en los Ministerios, pues los negocios de secreto no se confian a ausiliares. Concluyó insistiendo en que la dotacion era exajerada, i que no seria difícil encontrar quienes se hiciesen cargo de semejante destino.

—Se suspendió la sesion.


A segunda hora continuo la discucion particular del proyecto suspendido a primera hora.

Se leyó el artículo 4.° i no habiendo quién tomase la palabra, se procedió a votacion i fué aprobado por treinta i cinco votos contra dos.

Se leyó el artículo 5.°

El señor Irarrázaval tomó la palabra i dijo mas o ménos: No me propongo alegar nuevas razones en apoyo del artículo que acaba de leerse, porque como casi toda la discusion jeneral recayó sebre este punto, aduje las razones en que se apoyaba. Mi objeto al tomar ahora la palabra, es sólo hacer una observacion que, aunque de poca importancia, conviene, sin embargo, que la tenga presente la Cámara. Por un artículo de la lei del réjimen interior, aprobado ya per ámbas Cámaras, se concede a los Gobernadores la dotacion, no estoi bien si de $ 100 o 200 para gastos de escritotio. Considerándolo injusto lo terrible que era agravar la carga pesada de un Gobernador, obligándole tambien a sacar de su bolsillo los gastos de escritorio, se les ha concedido la asignacion de $ 100 a 200. La Cámara debe tomar esto en consideracion i ver que en la dotacion asignada a los Gobernadores por el presente proyecto, está compren