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SESION EN 26 DE JULIO DE 1843

RIVera. —Ante mí, Badilla, Escribano Público.

En el mismo dia de la fecha del anterior decreto notifiqué a don Manuel Zerrano de que doi fe. —Badilla


Núm. 148

En la ciudad de Concepcion i en 16 de Setiembre de 1842, ante miel Escribano que suscribe, fué presente el licenciado don Juan José Manzanos a quien doi fe conozco, i habiendo jurado conforme a derecho, prometió decir verdad de lo que supiese i le fuere preguntado, i siéndolo al tenor del interrogatorio precedente, dije:

A la 1.°, que conoce al señor Capitan Jeneral don Ramón Freire, que tiene noticia i conocimiento de los hechos que en el tiempo que militó este señor le ocurrieron, i que no le tocan las jenerales de la lei. I responde;

A la 2°, que ha oido decir jeneralmente, i tiene entendido, que es verdad como un hecho positivo el contenido de esta pregunta, i responde;

A la 3.°, que es constante al que declara, por publicidad, haber tomado el Capitan Jeneral don Ramon Freire la fragata Miantinomo i el bergantín Palafó en la época i circunstancias que se inteiroga, como ciee que lo sabe el pueblo entero de Concepción, i responde;

A la 4.°, que es cierto el contenido de la pregunta en to las sus partes, pues que este hecho nadie ignora aquí por su publicidad, i responde;

A la 5.°, que por publicidad sabe que es cierto el hecho a que se refiere esta pregunta;

A la 6.°, que le consta al declarante, por haber tenido en su poder, i bajo su custodia, cuatro tejos de oro con el valor, segun recuerda, de cincuenta i dos mil i tantos pesos, los que se le entregaron en aquella fecha al esponente, habiéndose ido a acojer a la otra parte del Maule a la fuerza que mandaba el epresado señor Freire; que los tejos por los sellos que tenian en su reverso parecían ser de la Casa de Moneda, los que fueron quitados a un tal Capitán Godoi, de las tropas reales, natural de Chillan; que al tiempo de seguir el declarante la marcha para esta parte del Maule con el mismo señor Freire, hubo de entregar los tejos, i se mandaron para la Capital, conducidos segun quiere acordarse pordonjoíé Prieto i don Domingo Binimelis para entregarlos al Gobierno de la República, i responde;

A la 7.|, que oyó decir el declarante al Capitan Tenorio, de la division del mismo señor Freire, que el propio dia que partió para el Maule el esponente, habia sido madando este Capitan a desenterrar cinco barras de oro hacia la parte de la costa a la orilla de un arroyo i debajo de unas piedras, las que habían sacado, pero que ignora el destino que se les dió, i responde;

A la 8.°, que todo lo declarado es público i notorio, pública voz i fama, i por tal lo reputa, porque según recuerda este declarante, le parece que se hace mérito de todo lo relacionado en el título o gracia que se le espidió al indicado señor Freire de la hacienda de Cucha, en tiempo del señor don Bernardo O'Higgins en el año de veinte o veintiuno. Que esta es la verdad prometida en que se afirmó i ratificó, siéndole leida su declaracion dijo: ser de cincuenta años, i firmó, de que doi fe. —Juan José Manzanos. —Ante mí, José Eduardo Badilla, Escribano Público de Cabildo i Hacienda.


Núm. 149

En la ciudad de Concepción i en veintiuno de Setiembre de mil ochocientos cuarenta i dos años ante miel Escribano, fué presente por testigo don Juan de Dios Mendiburo de esta vecindad a quien conozco, i habiendo jurado conforme a derecho, prometió decir verdad de lo que supiere i le fuere preguntado, siéndolo al tenor del interrogatorio precedente, dijo:

A la 1.ª Que conoce al señor Capitan Jeneral don Ramon Freire, que tiene noticia de sus patrióticos servicios, i que no le tocan las jenerales de la lei. I responde.

A la 2.ª Que el declarante presenció los hechos que espresa la pregunta, i que es verdad que sucedieron como se espone.

A la 3.ª Que por la misma razon le consta i es cierto el contenido de la pregunta.

A la 4.ª Que tambien le consta que es cierto el contenido de esta pregunta por haberse hallado presente el declarante, i conocer la fragata Tomas que fué del finado don Javier Manzanos Guzman.

A la 5.ª Que tambien le consta el contenido de la pregunta como presencial de todo i ser el declarante heimano político del señor Urmeneta. I responde.

A la 6.ª Que ha oido decir a don Juan José Manzanos el contenido de la pregunu i aun que tuve guardados algunos de aquellos tejos de oro, i que se remitieron al Supremo Gobierno de la República.

A la 7.ª Que se refiere a la anterior;

A la 8.ª Que es público i notorio, pública voz i fama, en esta provincia, que el señor Freire militó con enerjía, constancia i virtud, i venció en circunstancias mui calamitosas i apuradas al ejército de los españoles, i al de Benavides, i sus aliados. Que lo dicho es la verdad en que se afirmó i ratificó, siéndole leida su declalacion: dijo ser de mas de cuarenta años, i firmó de que doi fe. —Juan de Dios Urrutia i Men