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CÁMARA DE SENADORES
peones que se les pagó 8 reales para que volvieran las silletas i componer la Sala a 2 reales cada uno 1
Id. por cuatro cargas de carbon a reales carga 3 6
Id. por un cuarto de azúcar refinada

1
Id. por un cuarto de yerba mate

1
Id. por cajoncito de té negro, i medio de canela 1


$   45


Gastos de helados i barquillos desde el dia 7 de Noviembre del año de 1842, a saber:


Dia 7 helados el medio bote en 11 reales i tres docenas de barquillos 1 7
Dia 9 id. de id. 1 7
Dia 11 id. de id. 1 7
Dia 14 id. de id. 1 7
Dia 16 id. de id. 1 7
Dia 18 id. de id. 1 7
Dia 21 id. de id. 1 7
Dia 23 id. de id. 1 7
Día 25 id. de id. 1 7
Dia 28 id. de id. 1 7
Dia 30 id. de id. 1 7
$ 22 4


Diciembre


Dia 2 helados i barquillos 1
7
Dia 5 id.de id. 1
7
Dia 7 id.de id. 1
7
Día 8 id.de id. 1
7
Dia 12 id.de id. 1
7
Dia 14 id. de id. 1
7
Dia 16 id. de id. 1
7
Dia 19 id. de id. 1
7
Dia 21 id. de id. 1
7
Dia 28 id. de id. 1
7

$  41
2
45
Importa la cuenta la cantidad de $  87


Santiago. Junio 5 de 1843. —Tadeo Díaz de la Vega.


Adicion


Mas un cajon de velas de esperma consta del recibo número 1 31 4
$  118

Tadeo Díaz de la Vega.


Núm 62

Excmo. señor:

El coronel licenciado Diego Guzman e Ibáñez con su mas profundo respeto me presento ante Vuestra Soberanía i digo: Que segun los documentos que acompaño, es notorio haber hecho toda la guerra de la Independencia i obtenido mi licencia en el año veintitres. Que los servicios distinguidos que suman la hoja de ellos como tal oficial, se recomiendan especialmente con el mui notorio de haber venido desde Buenos Aires en el tiempo de la emigracion i cuando el pais era ocupado por los españoles, a remover el restablecimiento de lalibertad, que yacía bajo el yugo de los Osorio i Marcó, el único hasta entonces que tuvo tanta osadía, i que como es notorio a todos los chilenos de ese tiempo, a este heroico hecho se debió que el jeneral San Martin se pusiese al alcance de cuanto convenia para conducir su ejército con el mayor acierto, burlando así todas las medidas del enemigo. Que sin duda alguna el Congreso del año 28, mui penetrado de la justicia de premiarme tan relevantes servicios, no habria tre pidado en darme al ménos mi reforma de ese tiempo concedida a todos los oficiales, pero que yo aun no vivia satisfecho con esta sola compensacion, pedí segun aparece un premio de mas importancia. El Congreso no pudo ocupar se entonces de este asunto por la angustia del tiempo, i como se me mandó devolvérmelo en tramitacion. Si yo me hubiese querido conformar con la reforma entónces, a la fecha me habria producido treinta i tantos mil pesos de principal i réditos. Mi derecho siempre es el mismo, i la Constitucion en la atribucion 10.ª faculta al Congreso para conceder pensiones a los grandes servicios. En esta vez, señor, ruego que por todo premio me dé de contado el capital sin los réditos i son diez i seis mil pesos que importan la tal reforma. Acaso yo sea, señor, el único jefe que data sus servicios desde el año 10. Sin ninguna compensacion i si no me equivoco, no hace honor a la Patria nacional que el que trajo el parte de la batalla de Maipo i arrojó su vida a todos los riesgos en todas las circunstancias heroicas, hoi porque de nada podrá servir se le relegue al total olvido. Nó, señor, no puedo permitirlo i estoi cierto que se me otorgará lo que con tanta justicia pido a Vuestra Soberanía. —Diego Guzman e Ibáñez.


Núm. 63

SS. DD. RR.:

El coronel que suscribe, con el mas alto respeto ocurro a Vuestra Soberanía i dice: que segun el documento que en debida forma acompaña, se halla demostrado evidentemente haber