seguridad del Estado i protejer su comercio; se mandó pasar a la Comision de Guerra i Marina.
De otro, recomendando la solicitud de don Guillermo Wheelwright, para que se le prorrogue por un año mas el tiempo que se le designó para poner en los puertos de esta República los buques de vapor; se mandó pasar a la Comision de Gobierno.
De una representacion de don Nicolás Pradel, acusando al Ministro secretario de Estado, por quien se haya firmado el decreto del Gobierno por el que ha sido privado del sueldo que gozaba como secretario sin ejercicio de la intendencia de la provincia de Santiago; se mandó pasar a la Comision de Justicia.
El señor Ministro de Estado en el Departamento de Hacienda leyó la Memoria que, conforme a lo dispuesto por la Constitución, debía presentar a las Cámaras en el presente período i presentó los documentos a que ella se refiere; i se levantó la sesion. —Tocornal Presidente.
ANEXOS
Núm. 104
▼Conciudadanos del ▼ Senado i de la Cámara de ▼Diputados:
Está fuera de toda duda que una de las primeras necesidades de la República, es la creacion i sosten de una fuerza naval bastante para defender nuestras costas dilatadas i protejer nuestro comercio. Juzgo que esta exijencia merece una atencion preferente a cualquiera otra i, por lo mismo, de acuerdo con el ▼Consejo de Estado, os propongo i espero que os servireis dar la mas pronta aprobación al siguiente
"Se autoriza ámpliamente al ▼Presidente de la República para que, empleando las rentas nacionales o levantando empréstitos sobre ellas, con las condiciones que estime convenientes, forme una fuerza naval que, a su juicio, sea suficiente para mantener la seguridad de la República i protejer su comercio."
Santiago, Agosto 5 de 1836. ▼Joaquín Prieto.—▼Diego Portales.
Núm. 105
▼Don Manuel Carvallo, como apoderado de don Guillermo Wheelwright, ha elevado al Gobierno la adjunta solicitud sobre que se le prorrogue por un año el término que se le dió para establecer la navegación por buques de vapor en nuestros puertos. Los fundamentos en que la apoya me parecen dignos de consideración, i no encontrando inconveniente alguno para que se acceda a ella, me he decidido, de acuerdo con el ▼Consejo de Estado, a pasarla a la resolucion de las Cámaras.
Santiago, Agosto 5 de 1836. ▼Joaquín Prieto. —▼Diego Portales. —Al señor ▼Presidente del ▼Senado.
Núm. 106
▼En la ciudad i puerto de Valparaiso, en veinte días del mes de Mayo de mil ochocientos treinta i seis años, ante mí el escribano i testigos pareció don Guillermo Wheelwright, del comercio i vecindad de esta plaza, al que doi fé, conozco i dijo: que daba todo su poder cumplido, bastante i el necesario para valer al licenciado don Manuel Carvallo, vecino de la ciudad de Santiago, para que, a su nombre i representando su propia persona, solicite del Supremo Gobierno de la República o de la autoridad que corresponda sobre la ampliación del término que se le concedió para el establecimiento i navegación de buques de vapor, por no haberle sido posible el realizarlo en el término en que primeramente se le concedió esta gracia. En su consecuencia, el citado Carvallo procederá a la indicada solicitud presentándose para ello con los pedimentos, memoriales, documentos i con cuantos recaudos fueren necesarios hasta hacer efectiva la nueva gracia, no omitiendo para ello dilijencia, trámite ni requisito, pues que para todo le confiere el poder especial i necesario en derecho i con facultad de poderlo sustituir en quien quiera i las veces que quisiere, revocando unas sustituciones i nombrando otros sustitutos de nuevo, que a todos releva de costas. A su firmeza i cumplimiento obligó sus bienes habidos i por haber, con las sumisiones i renunciaciones de leyes en derecho necesarias i lo firmó, siendo testigos don Exequiel Rosales i don Juan Hontaneda; de que doi fé. —W. Wheelwright. —Ante mí. —José de Torres, escribano público i de hacienda.
Concuerda con su orijinal, que pasó ante mí, i a que me remito; i en fé de ello lo signo i firmo. —(Hai un signo.) —José de Torres, escribano público i de hacienda.
Núm. 107
▼Excmo. Señor:
Don Manuel Carvallo, a nombre de don Guillermo Wheelwright, cuyo poder acompaño, ante V. E. respetuosamente espongo: que, a solicitud de mi representado, el ▼Congreso tuvo a bien concederle por un decreto sancionado en 25 de