Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXV (1836-1838).djvu/27

Esta página ha sido validada
21
CÁMARA DE SENADORES
CÁMARA DE SENADORES
SESION 4.ª ORDINARIA, EN 17 DE JUNIO DE 1836
PRESIDENCIA DE DON GABRIEL JOSÉ DE TOCORNAL


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Arreglo de la deuda esterior. —Proyecto de lei de navegacion. —Acta. —Anexo.


CUENTA

Se da cuenta:

De un oficio con que la Cámara de Diputados acompaña un proyecto de lei que autoriza al Gobierno para despachar un enviado con el objeto de arreglar con los acreedores la deuda esterna. (Anexo núm. 17. V. sesión del 24 bis de Marzo de 1824.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Gobierno dictamine sobre dicho proyecto de lei. (V. sesión del 20.)
  2. Aprobar la parte restante del proyecto de lei de navegación hasta el artículo 32 inclusive. (V. sesiones del 15 i del 20.)

ACTA

SESION DEL 17 DE JUNIO

Asistieron los señores Tocornal, Alcalde, Barros, Benavente, Eyzaguirre, Elizalde, Elizondo, Ovalle, Rozas, Vial del Rio i Meneses.

Aprobada el acta de la anterior, se dió cuenta:

De una nota del Presidente de la Cámara de Diputados, acompañando el proyecto que ha aprobado sobre autorizar al Presidente de la República para despachar un enviado, autorizado suficientemente, a fin de arreglar el pago de la deuda esterior con los accionistas del empréstito de Lóndres; se mandó pasar a la Comision de Gobierno.

Se dió cuenta igualmente del artículo redactado por la Comision de Guerra i Marina para ocupar el número 11 de la lei sobre arreglo de la navegación de la marina mercante, i tomado en consideración inmediatamente, fué aprobado como sigue:

"Art. 11. En el caso que la enajenación se hiciere en otro puerto que no sea Valparaíso, el nuevo dueño, siendo persona hábil para obtener propiedad en buque chileno, cumplirá con lo dispuesto en el artículo precedente, cuando el buque así enajenado viniere a Valparaíso, i hasta entónces subsistirá la fianza que ántes se había