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CÁMARA DE DIPUTADOS

aquella libertad que exije la lei en todos los actos que difunden del libre ejercicio de la voluntad, como el de la decision de los representantes del pueblo. No se han omitido medios por reprobados que parezcan para obligar a los infelices habitantes de Purutun a votar por cierta lista de candidatos, i esa falta de libertad no puede ménos que invalidar la eleccion de aquella parroquia.

Casi todos los calificados en Purutun son inquilinos i dependientes de los arrendatarios de la hacienda de este nombre, i empeñados en que uno de ellos fuese electo Diputado han hecho valer toda la influencia que les da su posicion para obligar a sus inquilinos a votar contra su voluntad.

Todos saben cuanto es el poder que un hacendado tiene sobre sus inquilinos; pero el que los señores Vicuña han ejercido en esta ocasion sobre los suyos pasa los límites de lo comun.

Los hechos escandalosos que relata el Comandante del Escuadron núm. 11, en el oficio que acompaño a V. S. , manifiesta bien claro lo que acabo de esponer. Las órdenes de los señores Vicuña comunicadas a los soldados del Escuadron han obtenido mas poder que el fuerte vínculo de la subordinacion militar i han arrancado a los soldados de las filas a presencia de su Comandante, impidiendo que asistiesen a los ejercicios doctrinales que tienen de costumbre. El subdelegado ha sido desobedecido igualmente por la misma influencia.

Tengo noticias positivas que los boletos de calificacion fueron recojidos por los señores Vicuña casi todos i se los han entregado el dia de la votacion, con la lista porque debian votar i con espreso mandato para votar precisamente por ella. Para hacer mas fuerte la coaccion i no dejar arbitrio a la libertad de los sufragantes, se presentó a la mesa receptora don Ignacio Vicuña rodeado de sus ajentes para ver votar a sus miserables inquilinos, i llevando una cuenta por escrito de los que sufragaban segun sus órdenes o contra ellas; pero como son mui pocos los que tienen bastante fortaleza para arrostrar el enojo de su patron i las consecuencias que debe temer, fueron tambien pocos los que usaron de su libre voluntad.

En vista de estos hechos ¿podrá creerse libre i legal la votacion del curato de Purutun? ¿No deberá considerarse con mayor razon como el voto de los señores Vicuña i no el de los vecinos de dicho curato? ¿I podrá sostenerse como válida una eleccion en que no ha tenido parte la voluntad de los sufragantes? Estos votos emitidos con el vicio que acabo de esponer ¿habrán de tener igual i mas valor que el de los demas ciudadanos del departamento en los tres curatos restantes que han obrado sin coaccion alguna i con toda la libertad que la lei exije en este acto? segun el escrutinio hecho por la Municipalidad no han habido mas que dos listas que han obtenido votos, una encabezada por don Vicente Sánchez i la otra por don Ignacio Vicuña i que acompaño bajo los números uno i dos; la primera ha triunfado en el curato de la ciudad por 87 contra 56; en el de Limache por 15 contra 13; en el de Puchuncaví por 77 contra 15; por lo que se manifiesta que la voluntad jeneral de los demas curatos del departamento está por la primera lista i sin embargo de los votos ciegos de los inquilinos de Purutun no ha triunfado la segunda lista sino por cinco votos, apesar de tener en el curato de Purutun 115 por su parte i por la nuestra 15 ¿i habrá de ser sofocada la mayoria del departamento por unos votos emitidos sin libertad, i por consiguiente, sin valor alguno? Creo firmemente que no.

Si se hiciere nueva eleccion en la parroquia de Purutun, sin la presencia en la mesa de los señores Vicuña o tomando cualquiera otro arbitrio que consulte la libertad de los sufragantes, entónces podria saberse cuál era la verdadera eleccion de la parroquia i encarezco a V. S. se sirva recomendar al Supremo Gobierno este arbitrio.

Hago presente a V. S. que, por la nulidad que se ha protestado de la eleccion de Purutun, he suspendido hasta ahora dar aviso a los que han resultado con mayor número de sufrajios, de haber sido electos, hasta que V. S. se sirva resolver lo que estime conveniente.

Dios guarde a V. S. — Gobierno departamental de Quillota, Abril 1.º de 1840. — José A. Morán. — Al señor Intendente de la provincia de Aconcagua.


San Felipe, Abril 2 de 1840.

Informe la mesa receptora de Purutun. — Urízar Gárfias.


Núm. 50

El Presidente i demas vocales de esta mesa, en cumplimiento del decreto del señor Intendente de la provincia, su fecha 2 del presente, por el que se nos pide informe con arreglo a las exposiciones que hacen en la protesta los ciudadanos suscritos en ella, i de oficio del señor Gobernador.

En primer lugar oimos decir que el señor don Ignacio Vicuña había recojido la mayor parte de las calificaciones de sus inquilinos i tambien algunas de los soldados del Escuadron núm. 11.

Tambien sabemos que se presentó el señor Comandante don José Cabrera (Jefe de dicho Escuadron) al punto donde de costumbre se hacen los ejercicios doctrinales i no encontró un solo soldado, i que de allí se dirijió a Conchalí, donde pudo juntar algunos, los cuales se dispersaron a instancia de don Luis Zamora, ajente de los señores Vicuña, el que segun se ha dicho los