Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXVII (1840-1841).djvu/534

Esta página ha sido validada
526
CÁMARA DE DIPUTADOS

la República, por la lei del 2 de Setiembre de 1835, para contratar la construccion de canales,puentes i caminos. ( V. sesion del 15.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Que la Comision de Hacienda informe sobre el proyecto de lei que fija los presupuestos de 1842. ( V. sesion del 20.)
  2. Que la misma Comision informe sobre el proyecto de lei que fija la manera cómo los presupuestos se deben presentar, i sobre el que fija el tiempo en que deben ser presentados. ( V. sesion del 12 de Noviembre venidero.)
  3. Aprobar un proyecto de lei que prorroga la autorizacion conferida al Gobierno, por la lei del 2 de Setiembre de 1835, para contratar la construccion de canales, puentes i caminos. ( V. sesion del 10 de Octubre de 1842.)
  4. Aprobar, en jeneral, el arreglo celebrado entre Chile i los Estados Unidos de Norte-América sobre el bergantin Warrior i dejar el artículo 1. ° para segunda discusion. ( V. sesiones del 8 i del 20.)
  5. Devolver su solicitud a don F. de P. Latapiatt para que ocurra al Gobierno. ( V. sesiones del 15 de Octubre de 1841 i del 22 de Junio de 1842.)
  6. Aprobar, en particular, los nueve artículos del proyecto de lei que crea una Comision revisora de los trabajos de codificacion. ( V. sesiones del 11 de Octubre i del 12 de Noviembre de 1841.)
  7. Que la Comision de Lejislacion informe sobre el proyecto de lei relativo a los títulos de crédito estendidos en papel no competente. (V. sesion del 17 de Diciembre de 1841.)
  8. Comunicar al Gobierno la lei que le autoriza para arreglar las relaciones comerciales entre Chile i Mendoza. (Anexo núm. 555. V. sesion del 14 de Julio de 1845.)

ACTA

SESION DEL 19 DE OCTUBRE DE 1841

Se abrió con los señores Bernales, Cobo, Concha, Eyzaguirre don Domingo, Eyzaguirre don Ignacio, Fierro, Gana, Gatica, Garrido, Huidobro, Iñiguez don Pedro Felipe, Irarrázaval, López, Montt, Ovalle, Palacios don Juan José, Pérez, Prieto, Reyes don Ignacio, Reyes don José, Renjifo, Seco, Tocornal Grez, Várgas, Velásquez, Vergara, Vial don Antonio, Vial don Ramón, Vidal i Arístegui.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyeron tres oficios del Senado: el primero comunicando la aprobacion de los presupuestos de gastos fiscales para el año de 1842; el segundo, designando el modo i forma cómo deben presentarse en adelante; i en el tercero determina el tiempo en que ha de hacerse para lo sucesivo; todos se remitieron a la Comision de Hacienda.

Se dió cuenta de un informe de la misma Comision sobre aprobacion de los gastos de la Administracion Pública en el año de 1840, i un proyecto de lei acordando la continuacion de las contribuciones por el término de diez i ocho meses; ámbos quedaron en tabla.

Tambien se puso en conocimiento de la Sala el informe de la Comision de Gobierno en la prórroga pedida por el Presidente de la República, de la facultad que se le tenía acordada para contratar la construccion de caminos, canales i puentes, i despues de una lijera discusion el señor Eyzaguirre desistió de la indicacion que había hecho en la sesion anterior i, en su consecuencia, se aprobó el proyecto indicado en los términos propuestos por el Ejecutivo:

"artículo único.— Se prorrogan por cuatro años las facultades concedidas al Poder Ejecutivo por la lei de 2 de Setiembre de 1835."

Despues se pusieron a discusion las estipulaciones ajustadas por el Supremo Gobierno de la República co nel Encargado de Negocios de Estados Unidos,sobre indemnizacion de los perjuicios causados al bergantin Warrior, i se aprobaron en jeneral; se procedió a la particular del artículo 1.° i quedó para segunda.

A segunda hora, se tomó en consideracion el informe de la Comision Militar en la solicitud de don Francisco de Paula Latapiatt, i la Cámara, conformándose con él, acordó devolver al interesado su peticion para que ocurra al Ejecutivo i resuelva lo que juzgue conveniente.

Luego se procedió al exámen particular del proyecto de formacion de la junta revisora, i fueron aprobados todos sus artículos, en los términos que siguen:

"artículo primero. Habrá una junta revisora del proyecto de Código Civil, presentado a