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CÁMARA DE DIPUTADOS

guez don Vicente, López, Montt, Ovalle, Palacios don José Manuel, Palazuelos, Pérez, Prieto, Reyes don Ignacio, Reyes don José, Sánchez, Solar don Fermin, Tocornal, Toro, Várgas, Velásquez, Vial don Antonio, Vial don Ramon, Vidal i Arístegui.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó un oficio del Senado en el que trascribe el proyecto de lei que ha acordado, a consecuencia del Mensaje del Presidente de República, para prorrogar a don Guillermo Wheelwright el privilejio de la navegacion por vapor en los términos que espresa su solicitud; i se pasó a la Comision de Hacienda, la que fué reintegrada con los señores Cerda, Vidal e Iñiguez.

Evacuado el informe por la Comision, se leyó a segunda hora, i fué aprobado en jeneral. Se procedió a considerarlo en particular, i despues de discutido, se aprobó enlos términos siguientes:

"Artículo único. El Congreso Nacional,considerando el cortísimo lapso de tiempo trascurrido desde la espiracion de la última prórroga concedida a don Guillermo Wheelwright para que en uso de su privilejio trajese buques de vapor a los puertos chilenos, hasta la fecha en que efectivamente llegaron; i tomando tambien en consideracion la magnitud i utilidad de la empresa, revalida el espresado privilejio en los términos i con todas las ventajas i exenciones que espresa la lei de 25 de Agosto de 1835; lo cual se entenderá sin perjuicio de los derechos que puedan competer a don Pedro Alessandri para el privilejio que se le tiene acordado, i que se decidirán por la autoridad competente con arreglo a las leyes."

Con lo que se levantó la sesion. — JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ. — José Miguel Arístegui, diputado-secretario.


ANEXOS

Núm. 248

El Senado, a consecuencia del Mensaje del Presidente de la República, que orijinal acompaño con el espediente de su referencia, acordó, en sesion de 5 del corriente, el artículo que sigue.

"El Congreso Nacional, considerando el cortísimo lapso de tiempo trascurrido desde la espiracion de la última prórroga concedida a don Guillermo Wheelwright para que en uso de su privilejio trajese buques de vapor a los puertos chilenos, hasta la fecha en que efectivamente llegaron; i tomando tambien en consideracion la magnitud i utilidad de la empresa, revalida el espresado privilejio en los términos i con todas las ventajas i exenciones que espresa la lei de 25 de Agosto de 1835; lo cual se entenderá sin perjuicio de los derechos que puedan competer a don Pedro Alessandri para el privilejio que se le tiene acordado, i que se decidirán por la autoridad competente con arreglo a las leyes."

Dios guarde a V. E. — Cámara de Senadores. — Santiago, Diciembre 7 de 1840. — Gabriel José de Tocornal. — Francisco Bello, pro-secretario. — A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 249

La Comision de Hacienda ha examinado el proyecto de lei pasado por el Senado, sobre revalidar el privilejio esclusivo concedido a don Guillermo Wheelwright, i el espediente de su referencia, i cree que la Cámara no debe trepidar un momento en prestar su aprobacion al citado proyecto en los mismos términos en que lo acordó el Senado, por que, a mas del interes jeneral que resulta de protejer una empresa de esta clase, en nada se perjudican los intereses particulares de don Pedro Alessandri, a quien se reservan los derechos que adquirió por la concesion de su privilejio.

Sala de la Comision. —Diciembre 7 de 1840. —Rafael Gatica. —Antonio Vergara. —Manuel J. Cerda. —Pedro Felipe Iñiguez. —Pedro Nolasco Vidal.


Núm. 250

Sírvase V. S. hacer presente al señor Presidente de la Cámara, que no tendré el honor de seguir asistiendo a las sesiones estraordinarias, por que tengo la necesidad de salir para el campo, para donde me llaman urjentes atenciones. Mi suplente es el señor don Martin Andonaegui.

Reciba V. S. las consideraciones i aprecio con que soi su atento i S.S. que B.S.M. —Santiago, Diciembre 7 de 1840. —Ignacio Vicuña. —Al señor Secretario de la Cámara de Diputados.