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SESION DE 28 DE AGOSTO DE 1840

una verdadera renuncia de sus propios intereses, los mas caros i aun de sí mismo.

En los relijiosos de la Compañía de Jesús se encuentran todas cuantas cualidades pueden apetecerse para aquellos objetos; la esperiencia ha acreditado esta verdad de un modo que ya no puede oscurecerse, con lo que de ellos sabemos de ántes de su estincion i despues de su restablecimiento; mui cerca de nosotros, en la provincia del Rio de la Plata, ellos están haciendo verdaderos prodijios en el arreglo de los pueblos i en la enseñanza de la juventud, cuyos rápidos progresos en las ciencias he tenido el gusto de ver aquí mismo auténticas pruebas.

A la sabiduria de la Honorable Cámara no podrá ocultarse que acaso el único medio que se presenta para la civilizacion de las tribus salvajes de nuestro territorio, es el restablecimiento proyectado. Los jesuitas fueron los que hicieron las señaladas conversiones de los pueblos en estremo bárbaros, conocidas con el nombre de misiones; despues que los ardides i la fuerza de los españoles se habian empleado inútilmente en civilizarlos; los jesuitas habian avanzado entre nuestros índijenas de un modo admirable; i si no hubiese acaecido su espulsion, ya habrian despojado a aquéllos de su ferocidad i de sus errores, como lo hicieron en el archipiélago de Chiloé, internándose por aquella parte con indecibles trabajos hasta la costa patagónica, cuyos habitantes hicieron grata memoria de ellos al misionero frai Francisco del Valle, que auxiliado por el Marquéz de Osorno, Virrei del Perú, hizo una expedicion desde el archipiélago a la citada costa. Los jesuitas han logrado eminentes ventajas en Norte América i han sido i son siempre los mismos donde han existido o existen ¿por qué, pues, en Chile no reportarian ventajas iguales o mayores? ¿En Chile, donde tanto se lloró su espulsion, donde solo se han sentido los bienes que causaron, de cuyos restos todavía tenemos testimonios? Es preciso querer cerrar enteramente los oidos al convencimiento para negar los resultados felices que deben ser seguidos; es necesario no solo ser indiferente a la felicidad del pais, sino aborrecerla para negarse a restituirlos.

Juzgo por todo que la Representacion Nacional dará la mas benigna i eficaz acojida al proyecto i pido al Señor, de quien emanan todos los bienes, disponga el ánimo de los señores representantes que se empeñen en el logro de la medida en que está cifrada la verdadera felicidad del pueblo chileno.

Dios guarde a US. Santiago, 28 de Agosto de 1840. — José Ignacio, Obispo de Concepcion. — Al señor Secretario de la Cámara de Diputados.


Núm. 214

El Congreso Nacional, a consecuencia de la mocion del Diputado de San Fernando, para que se declare esta ciudad por capital de la provincia de Colchagua, ha tenido a bien aprobar el siguiente

PROYECTO DE LEI:

"Artículo único. Se deroga la lei de 30 de Agosto de 1826, en cunto dispuso que la capital de la provincia de Colchahua fuese la ciudad de Curicó; i el Presidente de la Republica, en uso de sus atribuciones, señalará la capital de esta provincia". — Dios guarde a V. E. — Cámara de Diputados. — Santiago, Setiembre 1.° de 1840. — Manuel Montt. — J. Miguel Arístegui, diputado-secretario. — A S. E. el Presidente de la República.