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SESION DE 20 DE JULIO DE 1840

ral, que el montepío de los oficiales de su graduacion, sea igual al que disfrutan los sarjentos mayores de Ejército; ésta se pasó a la Comision Militar, i el primero se puso en tabla para discusion.

Prosiguió la jeneral de la mocion del señor Concha, sobre dotacion de curas, i despues de haber tomado la palabra algunos señores Diputados, se fijó la siguiente proposicion:

"¿Se aprueba o nó en jeneral?" i resultó desechada por una mayoría de treinta i un votos, contra cuatro; con lo que se levantó la sesion, quedando en tabla la mocion del señor Arriagada para que se declare la ciudad de San Fernando capital de la provincia de Colchagua. — Manuel Montt. — José Miguel Arístegui, diputado-secretario.


ANEXOS

Núm. 135

La Comision de Lejislacion ha examinado el proyecto de lei sobre libertad de imprenta, con el cuidado i precaucion que exije la importancia de la materia; i cuando ha visto que las medidas que en él se toman contra los abusos de este importante derecho, no perjudican de ningun modo la libre circulacion del pensamiento, como que son puramente represivas; que están bien calificados los delitos i prudentemente asegurada la responsabilidad de los delincuentes; que al mismo tiempo que se autoriza la censura de todos los actos de la Majistratura se prohiben las personalidades en obsequio de la moral i del reposo de las familias; i en fin, que está colocada la libertad de la imprenta bajo la proteccion tutelar del jurado, no ha trepidado un momento en prestar su entera aprobacion al referido proyecto. No se crea por esto que la Comision lo juzga exento de defectos; al contrario, ella se propone hacer algunas observaciones en el curso del debate; pero no puede ménos de decir que tal como se halla, es infinitamente mejor que la lei vijente.

Sala de la Comision. — Santiago, Julio 20 de 1840. — Pedro Palazuelos. — Manuel J. Cerda. — Antonio J. Vial.


Núm. 136[1]

LEI DE IMPRENTA

Sin embargo de las observaciones que hicieron los periódicos liberales sobre el proyecto de lei de imprenta, que actualmente se discute en la Cámara de Diputados, desde su oríjen en la de Senadores, aun dudábamos por no tenerlo a la vista de su incongruencia con el sistema político sancionado por la República. No creíamos entónces que el Gobierno tuviese la arrogancia de pretender la completa estincion de la libertad de imprenta, que todos los políticos reconocen como la principal garantía de los derechos de un pueblo.

Nosotros leíamos detenidamente los escritos que impugnaban el mencionado proyecto, i no obstante, no nos atrevíamos a pronunciar nuestro juicio, temiendo incurrir en la nota de lijeros, emitiendo nuestra opinion, sin haberle examinado. No se crea que, por neglijencia u otros motivos, nos dispensamos de ese trabajo, sino porque en aquella época era mui difícil proporcionarse un ejemplar de los pocos que se imprimieron para cada uno de los Senadores. Felizmente ha llegado a nuestras manos ese proyecto fatal, i podemos asegurar, sin exajeracion, que su lectura nos ha llenado de horror i confirmado el concepto que hace algunos años habíamos formado de la presente administracion.

Solo teniendo a la vista ese ominoso proyecto, podrá creerse que el Gobierno de Chile se haya avanzado a organizar la ruina de las libertades públicas, solicitando del Cuerpo Lejislativo la sancion de una lei que destruye la única barrera que contiene los avances del despotismo. No hai uno de los artículos en que está comprendida la cadena con que se intenta esclavizar la imprenta, que no acredite suficientemente la odiosidad que el Gobierno profesa a la libre circulacion del pensamiento, respetada por los que le han precedido. Con cualquiera de ellos que se sancione queda sin efecto i reducido a la mas completa nulidad el ejercicio del sagrado derecho que tienen los ciudadanos de publicar libremente sus opiniones por la prensa, derecho reconocido por la Carta Fundamental de la República.

No se prohibe directamente la libertad de imprenta; pero se le pone trabas tan odiosas, que, sancionadas, no habrá quien imprima ni quiera escribir una sola palabra que esprese una idea política. Con fianzas sobre fianzas se ha discurrido destruir las imprentas, como el medio mas eficaz de desalentar a los que especulan sobre esta clase de establecimientos, que, por los grandes bienes que producen a la sociedad, deben estar exentos de todo gravámen i de toda restriccion. En una palabra, se ha considerado a la imprenta por los autores del proyecto, como una máquina de peor condicíon que cualquiera otra de aquéllas que por una lei patria están libres de todo gravámen. Tal es el odio que el Gobierno manifiesta hácia una institucion que él mismo sabe ha ilustrado a la República, que da lugar a que los hombres sensatos i neutrales en nuestra política opinen por lo que ya han dicho algunos periódicos, que el plan es sistemar sobre bases sólidas la tiranía.

Sancionada la lei de imprenta, a despecho

  1. Este documento ha sido trascrito de El Censor Imparcial número 4.° (Nota del Recopilador)