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522 CÁMARA DE SENADORES
CAMARA DE SENADORES
SESION 30.ª EN 28 DE AGOSTO DE 1840
PRESIDENCIA DE DON DIEGO ANTONIO BARROS


SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta precedente. —Cuenta. —Fuerzas de mar i tierra. Capital de Colchagua. —Acta. Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

De un oficio con que el Gobierno acompaña un proyecto de lei que fija las fuerzas de mar i tierra (Anexo núm. 591)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Pedir informe a la Comision Militar sobre el proyecto de lei que fija las fuerzas de mar i tierra (V. sesion del 31.)
  2. Aprobar el proyecto de lei que deroga la de 30 de Agosto de 1836, i autoriza al Gobierno para fijar la capital de la provincia de Colchagua (V. sesiones del 28 de Agosto de 1826 i 10 i 31 de Agosto de 1840.)



ACTA

SESION DEL 28 DE AGOSTO

Asistieron los señores Barros, Alcalde, Bello, Benavente, Cavareda, Correa de Saa, Egaña, Formas, Meneses, Ortúzar i Solar.

Se presento a la Sala el señor Ministro del Interior, en virtud de lo acordado en la sesion de 10 de Agosto, para esponer lo que tuviere a bien sobre el proyecto de leí en que se declara la ciudad de San Fernando capital de la provincia de Colchagua.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se dió cuenta de un mensaje del Presidente de la República, en que somete a la deliberacion del Congreso un proyecto de lei fijando, las fuerzas de mar i tierra para el año de 1841; i pasó a la Comision de Guerra.

En seguida se tomó en consideracion el espresado proyecto de lei sobre trasladar a San Fernando la capital de la provincia de Colchagua; i oida la esposicion del señor Ministro del Interior, se acordó lo que sigue:

"Artículo único. Se deroga la lei de 30 de Agosto de 1836, en cuanto dispuso que la capital de la provincial de Colchagua, fuese la ciudad de Curicó; i el Presidente de la República