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286 CÁMARA DE SENADORES

hubiesen negado a concurrir a alguno de ellos, está fundada en alguna de estas dos escepciones. Ausencia o enfermedad acreditada por la certificacion conforme de dos médicos; i si no lo estuviere lo declararán así, con cuya declaracion procederá el juez ordinario a hacer efectivo por los trámites del juicio ejecutivo la multa de cien pesos en que incurrirá el mié mbro del jurado que dejare de concurrir a la citación que se le hiciere.

En este estado se levantó la sesion quedando para la próxima las indicaciones pendientes sobre algunos artículos del mismo proyecto, i de mas asuntos puestos en tabla. —TOCORNAL.



ANEXO

Núm. 212 [1]

La Comision de Hacienda ha tomado en consideracion, con detenido exámen, el proyecto de lei presente; i es de opinion se apruebe en todas sus partes. —Sala de la Comision, Junio 24 de 1840. —Rafael Correa de Saa. —Ramón Formas. — Barros.



Junio 24. —En tabla.



  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Hacienda e industria, años 1833 a 74, tomo XII pájina 20, del archivo de la Secretaría de la Cámara de Diputados. (Nota del Recopilador).