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SESION ESTRAORDINARIA EN 21 DE NOVIEMBRE DE 1833
CÁMARA DE SENADORES
SESION 13.ª ESTRAORDINARIA EN 21 DE NOVIEMBRE DE 1833
PRESIDENCIA DE DON FERNANDO ERRÁZURIZ


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Campo para instruccion militar. —Proyecto de Lei de Elecciones. —Acta. —Anexo.


CUENTA

Se da cuenta:

De un dictámen de la Comision de Hacienda sobre el proyecto de lei que autoriza al Gobierno para adquirir un terreno i destinarlo a campo de instruccion militar. (Anexo núm. 348. V. sesiones del 16 i del 30.)

ACUERDO

Se acuerda:

Aprobar en la forma que consta en el acta los 41 primeros artículos del proyecto de Lei de Elecciones. (V. sesiones del 16 i del 23.)


ACTA

SESION DEL 21 DE NOVIEMBRE

Se abrió con los señores Errázuriz, Alcalde, Egaña, Elizalde, Elizondo, Huici, Huidobro, Izquierdo, Rodríguez, Vial i Meneses.

Aprobada el acta de la anterior, se dió cuenta:

Del dictámen de la Comision de Hacienda sobre compra de un terreno para campo de instruccion militar, i se mandó poner en la órden del dia.

Luego, se pasó a la tercera discusion del proyecto de la Lei de Elecciones, i fueron aprobados sus artículos, desde el 1.º hasta el 41 inclusive, con las adiciones i modificaciones propuestas por la Comision i otras que se adoptaron por indicaciones hechas en la Sala, quedando concebido en los términos siguientes:


DEL MODO DE PROCEDER A LAS CALIFICACIONES I DE LOS REJISTROS

"Artículo primero. El dia 15 de Noviembre del año en que deban hacerse las calificaciones, cada gobernador hará publicar por bando que el dia 28 del mismo mes se principiará a calificar a todos los habitantes del departamento que, teniendo las calidades que la lei requiere, concurran a la Junta Calificadora, a fin de que se inscriban sus nombres en el rejistro de calificaciones.

Este bando se publicará i fijará en todas las parroquias, vice parroquias i lugares públicos de concurrencia del territorio del departamento.

Art. 2.º El dia 24 de Noviembre reunirá el gobernador o el subdelegado, en su caso, a la Municipalidad en sesion pública, cuidando de que concurran a lo menos la mayoría absoluta