Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XXI (1831-1833).djvu/484

Esta página ha sido validada
480
CÁMARA DE SENADORES

tecedentes en el presente asunto, es de opinion que se apruebe el siguiente

PROYECTO DE LEI:

"Artículo único. Désele a Jervasio Rivera el sobresueldo de seis pesos por el servicio que hizo en la sofocacion de motin, en el primer escuadron de Granaderos". —Santiago i Julio 10 de 1833. Barros. —Huici.