declarados provincias, con mas razon debe serlo Talca.
Débil argumento: para ser ▼provincia no se mira solo la poblacion sino la localidad, la estension, la riqueza, etc. Chiloé es un archipiélago que si por su poca poblacion se uniese a otro pueblo para ser provincia, las partes componentes del todo estarían mar de por medio; respecto a Valdivia milita igual razon, hallándose dividida de otras poblaciones por inmensas i cuasi inaccesibles montañas. A mas: estas dos provincias son la llave de la República, i es necesario darles dignidad i rango; son tambien susceptibles de una gran poblacion por su estension, i de un gran comercio por sus especiales producciones. El argumento prueba tambien demasiado. Si porque Valdivia tiene solo cuatro mil almas se hubiesen de erijir en provincias todos los pueblos que le excedan en poblacion, sería preciso formar mas de trescientas. ¿I no sería esto un absurdo?
Segundo fundamento del mismo. Los habitantes de Talca han fomentado su partido.
Esto es suponer desidiosos a los habitantes de los otros pueblos. Los hombres en todas partes son iguales, i si en unas prosperan mas que en otras, consiste en la mayor proteccion que les dispensan los Gobiernos.
El ▼Congreso de 28 declaró puerto de la República la Nueva Bilbao, i hé ahí la causa principal de la prosperidad de ▼Talca. Sus trigos se esportan desde entonces, pagándolos al mismo precio que en Valparaíso, i aun tienen mayor salida por su mejor calidad. La fácil esportacion ha animado la agricultura, atrayendo labradores de las provincias limítrofes. Sabemos que de ochenta jornaleros que servían a un hacendado en la labranza, solo once eran naturales del partido; por la misma razon han abundado i abaratado todos los artículos de consumo que se importan. ¿No son estas causas bastantes para que aquel partido prospere?
No se intenta degradar el mérito de sus naturales, sino hacer conocer que todo pende del fomento de los Gobiernos, particularmente en el réjimen unitario, en el que los pueblos no tienen accion para desenvolver por sí los jérmenes de su prosperidad; siéndole por esta causa aplicable lo que sábiamente dice Montesquieu: Los Gobiernos son los que forman de los hombres bestias i de las bestias hombres. Tal es la triste suerte de los pueblos cuyos Gobiernos pueden burlar las leyes.
Las observaciones hechas a los fundamentos de los dos miembros que llevaron la palabra, manifiestan la diversa opinion de El Valdiviano en cuanto a la resolucion dictada. Halla tambien en ella que las cláusulas por ahora i sin perjuicio que contiene, solo son propias del foro i no de una disposicion lejislativa.
El juicio de ▼El Valdiviano sobre la demarcacion del territorio es que no debe hacerse novedad en la que practicó el Consejo Directorial, dividiendo la República en ocho provincias con el designio de que en cada una se crease un puesto con la posible aproximacion a la medianía de su costa; ninguna otra division puede equilibrarlas mejor; si se subdividen, no se hace otra cosa que debilitarlas i destruir ese justo equilibrio. ¿Cuál podrá aproximarse a la de Santiago cuya capital solo cuenta por ochenta mil almas?
Si Talca, que es una tercera parte de la provincia de Colchagua, es erijida en provincia, con no menos fundamentos solicitará lo mismo San Fernando i luego Curicó; reduciéndose al fin que los que antes eran partidos sean hoi provincias, i como los intendentes tengan dependencia directa del Ejecutivo, el resultado será el mismo que el que prescribió la Constitucion de 22, obra de la Convencion del propio año.
Núm. 181
La ▼Comision de Gracia i Justicia, ▼vista la solicitud del ciudadano don José de Santiago Concha, sobre que se dispense a su necesitada benemérita familia, una asignacion por via de montepío en compensacion de los descuentos que sufrió en su plaza togada i de sus buenos públicos servicios con el espediente de su referencia, dice: esplicarse en él con propiedad exacta i sagrado lenguaje de la verdad, la virtud i la justicia.
El ciudadano Concha aparece ser el antiguo majistrado que desempeñó con honor i con pureza el empleo de ▼oidor en la antigua ▼Audiencia por dilatada série de años; el que administró la Presidencia gubernativa de Chile tan a satisfaccion de los pueblos, que no ha habido hasta hoi individuo alguno que recuerde habérsele inferido un solo agravio; el hombre de caridad i filantropía que proporcionó a sus semejantes en la menesterosa clase de dolientes, un asilo a su conservacion, perfeccionando, sino erijiendo el establecimiento hospitalario de San Juan de Dios, el amigo de sus paisanos ▼patriotas, que perseguidos por el furor de los españoles, remitidos a sumariarse, encontraron en su mano bienhechora consuelos de proteccion. El chileno, al fin, en quien el pueblo de Santiago consignó sus confianzas aclamándole asesor de Gobierno en la primera vez que alzó su grito para la remocion del que obtenía aquel empleo. ¡Felices los que como el ciudadano Concha puedan decir con verdad: enjugué lágrimas de mis semejantes; jamás las hice verter! Esta es virtud.
Dirijido don José de Santiago al Supremo Gobierno, se decretó: informase la ▼Comision de Cuentas, comunicándose después vista al señor ▼Fiscal de la Suprema Corte de Justicia; las esposiciones de estos funcionarios merecen el epíteto de producciones justas; ellos atestiguan los servicios recomendables del que representa; acredi