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GRAN CONVENCION
GRAN CONVENCION
SESION 56, EN 17 DE ABRIL DE 1833
PRESIDENCIA DE DON SANTIAGO DE ECHÉVERZ



SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Reforma de la Constitucion. — Acta.


ACUERDO

Se acuerda:

Continuar i dejar pendiente la reforma de la Constitucion.


ACTA

SESION DEL 17 DE ABRIL

Se abrió con los señores Echéverz, Alcalde, Aldunate, Arce, Astorga, Barros, Bustillos, Carrasco, Egaña, Elizalde, Errázuriz, Fierro, Huici, Larrain, Portales, Puga, Tocornal don Gabriel, Vial del Rio i Meneses.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se puso en segunda discusion la parte primera del artículo 81, i votada resultó empate, por lo que quedó para tercera discusion.

Se consideró la parte segunda i fué aprobada en estos términos:

"Tener las calidades que exijen para ser miembro de la Cámara de Diputados".

El señor Vial del Rio presentó su indicacion sobre la responsabilidad del "Presidente de la República, i discutida por primera vez, quedó para segunda.

Se consideraron en seguida separadamente, i fueron aprobados los artículos 82, 83, 84 i 85.

"Art. 82. Todas las órdenes del Presidente de la República, deberán firmarse por el "Ministro del Despacho del departamento respectivo, i no podrán ser obedecidas sin este esencial requisito".

"Art. 83. Cada Ministro es responsable personalmente de los actos que firmase, e insólidum de los que suscribiere o acordare con los otros Ministros".

"Art. 84. Luego que el "Congreso abra sus sesiones, deberán los Ministros del Despacho darle cuenta del estado de la Nacion, en lo relativo a los negocios del departamento de cada uno".

"Art. 85. Deberán igualmente presentarle el "presupuesto anual de los gastos que deban hacerse en sus respectivos departamentos, i dar cuenta de la inversion de las sumas decretadas para llenar los gastos del año anterior".

El artículo 86 quedó para segunda discusion i el 87 fué aprobado como sigue:

"Art. 87. Los Ministros pueden concurrir a las "sesiones de las Cámaras i tomar parte en sus debates, pero no votar en ellas".

Se puso en primera discusion el artículo 88. El señor Elizalde hizo indicacion para que este artículo diga: por infraccion de las leyes manifiestamente mal intencionado.

El señor Egaña la hizo para que se quiten