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GRAN CONVENCION
GRAN CONVENCION
SESION 54, EN 15 DE ABRIL DE 1833
PRESIDENCIA DE DON SANTIAGO DE ECHÉVERZ



SUMARIO. —Nómina de los asistentes. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Reforma de la Constitucion. —Acta.


ACUERDO

Se acuerda:

Continuar i dejar pendiente la reforma de la Constitucion.


ACTA

SESION DEL 15 DE ABRIL

Se abrió con los señores Echéverz, Alcalde, Aldunate, Arce, Arriarán, Astorga, Barros, Bustillos, Campino, Carrasco, Egaña, Elizalde, Errázuriz, Larrain, Portales, Puga, Rosas, Rosales, Tocornal don Gabriel, Vial del Rio i Meneses.

Aprobada el acta de la sesion anterior, se puso en segunda discusion la parte décima tercia del artículo 79, i votada, se aprobó conforme a las indicaciones de los señores Vial del Rioi Egaña, en la forma siguiente:

"Parte décima tercia. Ejercer las atribuciones del patronato respecto de las iglesias, beneficios i personas eclesiásticas, con arreglo a las leyes. En todas las materias de patronato i proteccion que se redujeren a contenciosas, procederá con acuerdo del Consejo de Estado, oyendo préviamente el dictámen del Tribunal Superior de Justicia que señale la lei".

Se pasó a la segunda discusion de la parte décima sétima que, puesta en votacion, fué aprobada como se halla en el proyecto, i es como sigue:

"Parte décima sétima. Declarar la guerra con prévia aprobacion del Congreso i conceder patentes de corso i letras de represalia".

Tuvo primera discusion la parte décima octava, i el Secretario hizo indicacion para que su último período sea concebido en estos términos:

"Concluir i firmar todos los tratados de paz, de alianza, de treguas, de neutralidad, de comercio, concordatos i otras convenciones, debiendo antes presentarse al Congreso para su aprobacion i ratificacion. Las discusiones i deliberaciones sobre estos objetos serán secretas, si así lo exije el Presidente de la República".

Quedó para segunda discusion, i se suspendió la sesion.

A segunda hora se pasó a segunda discusion de la parte sesta que, por un olvido, había sido postergada.

Los señores Egaña i Vial del Rio insistieron en sus discusiones, el primero para que el Presidente de la República pueda remover a los intendentes de provincia, sin necesidad de oir al Consejo de Estado, i el segundo para que no pueda hacerlo sin acuerdo del mismo Consejo.

Prolongado el debate hasta el fin de la sesion, se pidió tercera discusion, i no habiendo tenido