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SESION EN 21 DE FEBRERO DE 1833
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ANEXO

Núm. 84 [1]

El interior nada ofrece que pueda excitar la curiosidad de nuestros lectores, si no es la admirable tranquilidad que reina en toda la República. Por ninguna parte se divisa un objeto ni motivo de aquellas alteraciones que en tiempos pasados ponían a los pueblos en inquietud, i al Gobierno en angustias. La administracion sigue la senda de la franqueza i rectitud que le han proporcionado el crédito de que goza. La justicia se aplica, como siempre, a gusto de algunos i a disgusto de otros, porque en este ramo es imposible contentar a todos, ya por las leyes que nos rijen, ya por otras causas que el tiempo solo puede destruir. Las reformas que necesita no son obra del momento, i aunque su conocida urjencia exije que se emprendan de una vez, es preciso esperar la correccion del Código constitucional en que deben establecerse las bases para la organizacion de juzgados i tribunales i arreglo del réjimen de los pueblos. Por este motivo se hallan suspendidos varios trabajos del Gobierno, dirijidos a asegurar la paz interna. Inmediatamente que la Gran Convencion concluya su delicado encargo, recobrarán su vigor las tareas gubernativas i renacerá aquella actividad que le vimos desplegar en las sesiones del Congreso. Todo se pondrá en movimiento, i entonces ocurrirán sucesos como los que apetecen los lectores de periódicos como los nuestros.

Anoche abrió sus sesiones la Gran Convencion i designó para continuarlas, hasta la conclusion de sus trabajos, los lúnes, miércoles i viérnes por la noche. Después de dos meses de descanso de que han gozado los señores Diputados, debemos esperar con fundamento que empeñarán sus esfuerzos en concluir, del mejor modo posible, una obra que tiene en suspenso las esperanzas de los pueblos i las operaciones del Gobierno, relativas al réjimen administrativo que debe establecerse. La necesidad de que se concluya la reforma de la Constitucion es demasiado notoria para que nos ocupemos en manifestarla. Los encargados de hacerla lo saben bien, i en su poder tienen los medios de allanar los obstáculos que puedan embarazar sus tareas.

  1. Este articulo ha sido tomado de El Araucano, número 128, del 22 de Febrero de 1833. —(Nota del Recopilador.)