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48 CÁMARA DE SENADORES

Aprobada el acta de la sesion anterior, se leyó una nota del Presidente de la República, en que solicita se le devuelva un espediente de doña Cármen Contreras, sobre derecho a montepío, el cual habia sido pasado al Congreso Nacional por el Supremo Gobierno, con fecha 22 de Junio de 1832 i se halla en el archivo del Senado; i acordó la Sala se devolviese dicho espediente archivándose la nota referida.

Se dió cuenta de un mensaje del Presidente de la República, en que eleva al Congreso Nacional un reclamo de nulidad en la eleccion últimamente practicada por la ciudad de Curicó; i pasó con los documentos adjuntos a la Comision de Constitucion, Lejislacion i Justicia, i recomendándole el despacho de este asunto para la sesion próxima.

Dióse cuenta tambien de otro mensaje del Presidente de la República, en que somete a la consideracion de las Cámaras Lejislatívas el reclamo de nulidad en la elección de electores del departamento de Illapel, entablado por algunos vecinos; i pasó con sus antecedentes a la Comision espresada, recomendándosele su despacho en los mismos términos.

Hizo una indicacion el señor Vial del Rio para que el Senado considere una consulta que le dirijió en una de las lejislaturas anteriores la Corte Suprema de justicia a fin de que se declare por el Congreso lo que debe observarse sobre jurisdiccion en las causas de los ajentes diplomáticos, estando discordes en este punto las leyes patrias i lo prescripto en el derecho de jentes. Agregó el autor de la indicacion que el Tribunal mencionado en un caso reciente no habia podido dictar otra providencia sino que se esperase la resolucion pedida al Congreso; i la Sala acordó se tuviese presente esta indicacion, trayéndose a la vista los antecedentes de la materia.

Continuó la discusion jeneral del proyecto de lei iniciado en la otra Cámara para que se abone al coronel don Benjamin Viel el tiempo que estuvo dado de baja, i habiéndose suscitado cuestion sobre la facultad del Congreso para hacer gracias que no consisten en pensiones, se preguntó a la Sala si se ocuparia o nó en la cuestion previa i prevaleció la negativa por seis votos contra cinco.

En seguida despues de algun debate sobre la proposicion que debia fijarse se votó por escrutinio sobre si se aprobaba o nó el artículo redactado por la Comision Militar del Senado al final de su informe, i se adoptó la afirmativa por siete votos contra cuatro, siendo el tenor de dicho artículo como sigue:

Artículo único. No corresponde al Congreso deliberar sobre la solicitud del coronel don Benjamin Viel, dirijida a que se le manden abonar los sueldos del tiempo en que fué separado de la lista militar.

En este estado se levantó la sesion anunciándose para la próxima los reclamos sobre nulidad de elecciones, la discusion pormenor sobre abonar al Coronel Viel el tiempo que estuvo dado de baja i el proyecto adicional a la lei de elecciones. —IRARRÁZAVAL.


ANEXOS

Núm. 45

Con fecha 22 de Junio de 1832 el Gobierno pasó al Congreso Nacional por el conducto de la Cámara de Senadores un espediente de doña Cármen Contreras en qué solicitaba se declarase el goce al montepío militar como viuda del capitan de caballería de ejército don Juan Bautista Fuenzalida i aunque su derecho no se presentaba del todo desnudo de fundamentos para que el Gobierno pudiese por sí solo hacer a su favor aquella declaracion, se presentaban por otra parte inconvenientes que sólo podria allanar la Representacion Nacional, con cuyo fin se le pasó en aquella fecha. Mas, habiendo ocurrido ahora dicha señora solicitando que se le devuelva dicho espediente para agregar a él otros documentos de que carecia entonces, i que segun la esposicion que hace, favorecen de tal modo su pretension, que el Gobierno en vista de ellos podrá resolverla por sí mismo, con arreglo a las leyes, el Presidente de la República solicita a la Cámara de Senadores se devuelva dicho espediente i la nota con que fué acompañado, si para ello no hubiese como cree, inconveniente alguno de parte de la misma Cámara.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Julio 9 de 1841 —Joaquin Prieto. —Manuel Montt. —A. S. E. el Presidente de la Cámara de Senadores.



Núm. 46

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

El Intendente de la provincia de Colchagua ha remitido al Gobierno el adjunto reclamo de nulidad en la elección últimamente practicada por la ciudad de Curicó, cuyo reclamo viene dirijido al Soberano Congreso por el ciudadano don Francisco Javier Moreira, i yo cumplo con el grato deber de elevarla a Vuestra Soberanía.

Santiago, Julio 10 de 1841. —Joaquin Prieto. —Ramon Luis Irarrázaval.