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SESION DE 27 DE AGOSTO DE 1841 275

Por tanto,

A V. S. suplico se sirva darme los referidos justificativos i los que sean necesarios para la adquisicion de carta de naturaleza por ser de justicia, etc. —Tomas K. Sanders.


En el puerto de Talcahuano i a treinta i un dias del mes de Diciembre de mil ochocientos treinta i nueve, reunidos los señores que abajo suscriben, compareció ante esta mui Ilustre Municipalidad don Tomas K. Sanders, natural de Inglaterra i residente en este departamento. Hizo presente que declaraba como declaró, querer ser ciudadano chileno; que residía en Chile diezinueve años; que era casado con doña Josefa Bayon, vecina de este puerto; que tenia cuatro hijos, bienes raices i un capital en jiro productivo de mas de $1,000 i que en los años de 1819 a 1821 habia servido en la Marina de esta República, bajo el mando del señor Vice-almirante Lord Cochrane. I en su virtud de que es notorio todo lo que ha relacionado el señor Sanders i probado legalmente ante esta Corporacion, su estado i demás cualidades referidas, se le ha recibido la declaración formal verificada en este acto personalmente por la que ha espresado querer ser ciudadano chileno, i se mandó estender el presente acuerdo i lo firmaron. —Miguel Bayon. —Juan A. López. —José Benito Cubeyro. —Antonio Ramírez. —Felipe Suárez. —R. Pradel, receptor secretario.


Vicente Pérez, cura i capellan castrense interino del puerto de Talcahuano, etc.

Certifico en cuanto puedo i hai lugar en derecho, que don Tomas Sanders, de nacionalidad inglesa, habiendo precedido todo lo ordenado por el Santo Concilio de Trento, fué casado inpaese ectrug con doña Josefa Bayon, natural de este puerto, por el cura interino don Vicente Ruiz, el 19 de Junio del año 1829, segun consta de los libros parroquiales pertenecientes a la iglesia, de que doi fé.

Talcahuano, Diciembre 29 de 1839. —Vicente Pérez.


Núm. 483

Excmo. Senado:

Tomas Sanders, natural de Inglaterra i vecino del puerto de Talcahuano, por el recurso que mas haya lugar, ante V. E. respetuosamente digo: que habiendo declarado mi intencion de avecindarme en Chile, ante la Municipalidad de Talcahuano i comprobado con la certificacion de la autoridad, segun consta del espediente que en debida forma acompaño, hallarme en posesion de los requisitos que requieren las leyes para obtener carta de ciudadanía, vengo ante V. E. para que se digne concedérmela, a fin de gozar los privilejios de chileno legal que dispensa la Constitucion Política.

En cuya virtud a V. E. suplico, que habiendo por presentado dicho espediente justificativo, se digne concederme esta gracia poniéndola en noticia del Supremo Gobierno para que se mande despachar la correspondiente carta de ciudadanía conforme á la lei del Congreso, de 4 de Noviembre de 1828.

Es gracia que espero, Excmo. señor.

Por el interesado ausente. —Juan José de Mira.


Núm. 484

En la sesion de 27 del pasado se dió cuenta a la Cámara del oficio en que V E. me comunica haber prorrogado en uso de la facultad que la Constitucion le atribuye, las sesiones ordinarias del Congreso por el término de treinta dias contados desde esta fecha.

Dios guarde á V. E . —Santiago, Setiembre 1.º de 1841. —A S. E. el Presidente de la República.


Núm. 485

La Comision especial nombrada por el Senado para examinar los documentos en que se acreditan los gastos del servicio público durante el año próximo pasado i el presupuesto jeneral para el año venidero, me encarga dirijirme á V. S. invitando á esa Honorable Cámara a que nombre una Comision de su seno con el mismo objeto, a fin de que reunidas una i otra, se allane i acelere el despacho de este asunto.

Dios guarde a V. S. —Santiago, Setiembre 6 de 1841. —Al señor Secretario de la Cámara de Diputados.


Núm. 486

He puesto en conocimiento de esta Cámara el contenido de su nota de 6 del corriente, invitándola para que nombre una Comision que en consorcio de la del Senado, examine las cuentas de gastos del año trascurrido i los presupuestos del venidero, i la Sala en su sesión del 10, acordó por mayoría no acceder a esta solicitud, reservándose el exámen i aprobación en la misma