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CÁMARA DE DIPUTADOS

la Real Casa de Moneda de los bienios de 772 a 780. Cinco de la Receptoría Jeneral de penas de Cámara de los bienios de 767 a 776. Veintitrés del ramo de propios de esta capital, de los años de 758 al de 779. Una del ramo de papel sellado del bienio de 772 i 73 i la relación jeneral de alcances líquidos, por lo tocante a este ramo, de los años de 766 al de 781. La del ramo de azogues, de los años de 769 a 781, en que corrió segregado de los Ministros de Real Hacienda a cargo de su Superintendente Administrador don Pedro Andrés de Azagra.

El rejistro de los principales archivos de esta ciudad, para la revisión de los muchos documentos que debían servir de comprobantes a los referidos reparos i alcances pendientes, cuyo inmenso trabajo con el fin de solicitar la mas sólida i segura decisión de ellos, ha sido ímprobo pero con mucha utilidad, ordenando así mismo sin premio alguno por duplicado, la cuenta de los propios de esta ciudad del año de 760 a fin de poner en claro un asunto que costó a los señores antecesores de este Tribunal los mayores esfuerzos; agregándose la formación de mas de 50 espedientes para el esclarecimiento de los reparos que pedían este juicio contencioso; i, finalmente, la glosa de las cuentas de fortificación del puerto de Valparaíso del cargo de su Gobernador, coronel don Juan Francisco de la Riba Herrera, las de mantención de indios embajadores que corrieron al del actual gobernador de la isla de Juan Fernández, don Blas González, relativas a los años de 785, 786 i desde 1.º de Enero hasta Agosto del 87, con otros muchos informes i oficios que, en la sucesión progresiva de estos negocios, ha sido preciso espedir, manifestando en todo este lleno, su buena intelijencia i amor al servicio de S. M . con puntual asistencia a las horas de ordenanza, agregándose a todo los de su padre, el señor don Silvestre García, Secretario del Rei, Nuestro Señor, i contador mayor establecedor de este Tribunal, con los dilatados servicios que contrajo en 44 años que mereció servir al Soberano en todos los ramos de la monarquía, como consta de la relación que se acompaña i de los documentos que existen en este oficio. —Real Tribunal de Cuentas de Chile. 10 de Setiembre de 1788. —Ramón del Pedregal.

Santiago, 13 de Setiembre de 1788. —Respecto a que, por el antecedente informe, se comprueba el servicio i aptitud de don Victoriano García en el desempeño del empleo de oficial de la Contaduría Mayor de Cuentas de este reino, en las clases i términos que resultan, como igualmente los de su padre, el señor don Silvestre García, vuélvansele estos documentos orijinales para su resguardo i uso, en mejor oportunidad respecto a no haber actualmente objeto determinado i ser necesario según lo prevenido para practicar el informe de esta superioridad que solicita. —O'Higgins. —Ugarte.

Núm. 75

REINO DE CHILE
Tribunal de Cuentas

Don Victoriano García, oficial primero del Real Tribunal de Cuentas, con un mil pesos anuales, de 49 años de edad; su estado, casado, sus servicios i circunstancias, los que se espresan.

Tiempo en que empezó a servir los empleos.

Empleos Días Meses Años
De meritante 17 Abril 1769
De oficial segundo i archivero 22 Nov. 1770
De oficial primero 1 Ocbr. 1787

Tiempo que há que sirve, i cuánto en cada empleo.

Empleos Años Meses Dias
Meritante del Tribunal de Cuentas 1 7 5
Oficial segundo i archivero del mismo Tribunal 16 11 8
Oficial primero de dicho Tribunal 15 3 0
Total hasta fin de Diciembre de 1802 33 9 13
Parajes donde ha servido

En la ciudad de Santiago del reino de Chile en dicho Tribunal.

Comisiones i encargos

El reconocimiento jeneral de los protocolos de las diez escribanías del número i la de Cámara i Gobierno desde 1773 a 1791, que son 19 años, i cotejo de libros de la Real Aduana de Santiago para ver las alcabalas, que faltaban cargarse de contratos públicos i remates. La formación de otra liquidación jeneral de las deudas a favor de la misma desde i.° de Febrero de 1773, hasta fin de Diciembre de 1790, que son 18 años con presencia de dichos libros. I el reconocimiento de los libros de los guardas de los caminos de la Cordillera i Guias de Buenos Aires i demás parajes ultramontanos i ultramarinos de los años 1779 a 1791, que son 13 años con presencia de los citados libros, para el mismo fin que las anteriores, i todo esto en virtud de comision del Superior Gobierno i Superintendencia de 11 i 26 de Noviembre de 1791, con motivo de la causa criminal seguida en ella contra los Ministros de dicha Real Aduana.

La liquidación jeneral del montepío militar desde 1761, en que se erijió hasta fin de 1795,