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SESION DE 14 DE AGOSTO DE 1839

fes para tiranizarlo, no puede decirse otro tanto cuando se concede con la cautela i restricciones que en nuestro caso establece la lei fundamental.


El mejor modo de ponernos a cubierto de estos riesgos, es tratar de poseer las virtudes sociales, que son la base de la forma republicana. Si, por el contrario, no consultamos mas que nuestro propio Ínteres i no tenemos otra guía que nuestras pasiones, seremos la presa de un oscuro tiranuelo, como lo hubiéramos sido de Santa Cruz si en nuestro pais hubiesen reinado los principios políticos de los que tanto declaman contra las facultades estraordinarias.


El cuerpo político, así como el humano, está sujeto a graves enfermedades, para cuya curacion es preciso recurrir a remedios quizás los mas dolorosos i terribles.


Una guerra civil o nacional reduce ordinariamente los Estados a estremidades en que debe sacrificarse una parte de las ventajas sociales para la conservacion de las demas.


Como uno de los mas enérjicos i capaces de producir todo su efecto, hemos adoptado en nuestra Constitucion el uso de facultades estraordinarias.


Ya hemos visto que esta no es una invencion de las Repúblicas de nuestros tiempos, i que Roma, una de las mas clásicas de los antiguos, debió a esta institucion su existencia, su poder i su engrandecimiento.


En Chile, a semejanza de Roma, se inviste al Gobierno, nó del poder ilimitado que se confería a los cónsules, sino del necesario para que sea rejida la Nacion, segun las circunstancias.


Las restricciones de nuestra Constitucion a este respecto, van mucho mas adelante que aquella célebre fórmula: Caveant consules ne quid detrimenti respublica capial, con que se confería la dictadura romana.


Dejando la Constitucion al arbitrio del Congreso la calificacion de las causas que demanden la concesion de facultades estraordinarias, la designacion de éstas i del tiempo que deben durar, tenemos una garantía superior en todo a la de los romanos, que acaba de citarse; i la esperiencia nos ha convencido ya de que no hai motivo para llamarla insuficiente.


Hemos visto al Presidente de la República devolver al Congreso las facultades estraordinarias despues de haber empleado su eficacia para producir el bien que se esperaba; se ha aplaudido jeneralmente el uso moderado que ha hecho de ellas, i ha recibido inequívocos testimonios de parte del Congreso sobre su justo empleo, ya para reprimir la sedicion i preservarnos de sus funestas consecuencias, ya para atender a la guerra esterior a que, por desgracia, fuimos provocados.


Así como no debemos negar las ventajas que nos ha producido esta saludable institucion, así tambien debemos confesar la real existencia de los motivos poderosos que han obligado al Congreso a ponerla a veces en ejercicio. En un tiempo, nuestra República llevaba una carrera rápida hácia su ruina, a la cual era impelida por lo defectuoso de las leyes que la rejían, i por el poco respeto con que se miraban por los mismos que estaban encargados de su sagrado depósito. La Nacion en masa se declaró contra este órden de cosas, i su voto, que no puede ser comprimido ni rechazado, por la fuerza desterró para siempre la prevaricacion, redujo a sus verdaderos límites el uso del poder i dió respetabilidad a las leyes. Una nueva éra de consuelo i esperanza para los buenos patriotas, vino a suceder a otra turbulenta i mezquina.


Desde su principio se ha trabajado sin cesar, no solo en reparar los males que se sufrían, sino tambien en promover bienes efectivos, seguros i permanentes, por medio de instituciones liberales i adecuadas a nuestras exijencias.


Sin embargo, para seguir esta nueva marcha era preciso luchar constantemente contra los obstáculos que de continuo oponía el jenio del desórden. La ambicion, las aspiraciones innobles i las pasiones personales, han pretendido privarnos de los bienes que fundadamente debíamos prometernos.


Hemos visto emplearse la seduccion i toda clase de artificio para trastornar el órden i sucederse las conspiraciones, sin otro objeto que apoderarse de la autoridad para satisfacer venganzas i favorecer con ella miras particulares. Las facultades estraordinarias establecidas del modo que lo hizo la Constitucion que nos rije, ha sido el único dique que pudo oponerse al torrente de desgracias que no hubiera podido contener un Gobierno sin arbitrios para hacerse respetar.


Viendo estos ambiciosos que en el interior del pais no tenían recursos para realizar la empresa que se habían propuesto, fueron, como otro Coriolano, a vender su patria a un conquistador estranjero.


La ambicion de Santa Cruz encontró una buena coyuntura para apoderarse de una rica presa, i sus necios proyectos lo deslumbraron hasta el estremo de creer en los conspiradores chilenos bastante poderío para llevarlos al cabo a poca costa; les suministra naves i otros elementos para que vengan a encender la guerra civil i le preparen de este modo el camino que él no llegó a tener la osadía de franquearse por sí mismo.


Nuestro honor i nuestra seguridad se hallaron comprometidos, i una guerra la mas santa i justa era el único medio de ponernos a cubierto para siempre de estos alevosos ataques. ¿I habría tenido poder Chile para sostenerla si su Gobierno no hubiera sido investido de facultades estraordinarias, cuales se requerían para semejante empresa? Se confirió al Gobierno todo el poder público, i como esta medida iba a darle el vigor