ANEXOS
Núm. 377
▼La ▼Comision de Lejislacion i Justicia ha examinado el oficio del Supremo Gobierno que se ha servido dirijir a la ▼Cámara, relativo a pedir se declare haber lugar a formacion de causa al ▼Diputado don Lorenzo Fuenzalida, como uno de los miembros de la llustrísima Corte Marcial que concurrieron al pronunciamiento del fallo que va a ser objeto de la acusación contra ese tribunal, i es de dictámen que, sin trepidar un momento i necesidad de mas antecedentes que los que acompaña en el oficio el Gobierno, declare haber lugar a formacion de causa, aprobando el siguiente proyecto de decreto:
"Declárase haber lugar a formacion de causa al Diputado don ▼Lorenzo Fuenzalida por el fallo pronunciado en la causa contra don ▼Ramón Freire i cómplices. —Devuélvase." —Sala de la Comision
Santiago, Noviembre 28 de 1836. —▼Eujenio Domingo Torres. —▼José Manuel Carrasco. —▼José Joaquin Pérez.
Núm. 378
▼La ▼Cámara de Diputados ha tomado en consideración la nota de V. E. del 25 del actual, en que pide se declare si ha o nó lugar a formacion de causa al ▼Diputado don Lorenzo Fuenzalida, como uno de los jueces de la Corte Marcial que fallaron en la causa seguida a don Ramón Freire i cómplices, i ha acordado lo que sigue:
"Declárase haber lugara formacion de causa al Diputado don ▼Lorenzo Fuenzalida, por el fallo pronunciado en la causa contra don ▼Ramón Freire i cómplices." —Devuélvase."
Dios guarde a V. E. —Santiago, Noviembre 29 de 1836. —▼Jose Vicente Izquierdo. —▼José Santiago Montt, diputado-secretario. —A. S. E. el Presidente de la República.