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SESION DE 29 DE JULIO DE 1835

siblemente a lo ménos (i aquí lo ostensible es lo real), los derechos de soberanía de la España. Los Estados Unidos, que probablemente resistirían cualquiera pretension ambiciosa de las otras potencias sobre las Américas, serían meros espectadores de las tentativas de España. Lo mismo harían a su vez la Inglaterra i la Francia. En cuanto a las cortes de obediencia pasiva i derecho divino, ya se deja entender que serían algo mas que espectadoras, si pudiesen, i que favorecerían a la España, como la han favorecido algunas veces, con algo de mas efectivo que los buenos deseos. El Filopolita no negará que todas, todas las Naciones, sin exceptuar una sola, reconocen todavía a la España como soberana de las Américas, i que, por consiguiente, en todo lo que concierne a la España, estamos fuera de la proteccion del derecho público.

Si El Filopolita cree que semejante estado no envuelve ningún peligro; que la impotencia de España es eterna; que nada puede por sí ni auxiliada de otras Naciones; que las nuevas Repúblicas americanas inspiran mas simpatía que la España en las Cortes monárquicas de Europa, que la deben en cierto modo su existencia; si cree que, en esta era de revoluciones i vicisitudes, no vendrá jamas el dia en que las pretensiones de España sean en manos de ésta o de alguna otra Nacion mas poderosa que ella un instrumento peligroso contra la Independencia o contra las actuales instituciones de América, es consiguiente que crea que nada nos falta, i que la Legacion a España tiene por objeto una pura ceremonia diplomática que carece de todo valor real.

La España no tiene medios para subyugarnos, dice El Filopolita. Es verdad; pero tiene medios para hostilizarnos. Una costa inmensa i despoblada presenta infinidad de puntos vulnerables. ¿Será imposible que la España se apodere de algunos, no para retenerlos ni subyugarnos, sino para hacerse de prendas con la mira de recabar de nosotros condiciones mas favorables que las que estamos dispuestos a concederle ahora? El Valdiviano ha dicho cuerdamente que no hai enemigo débil. No hacer la paz con el nuestro, cuando podemos negociarla sin humillacion; i esponernos a comprarla despues con sacrificios (como ciertos Estados de América han estado alguna vez dispuestos a comprarla), nos parecería en un Gobierno de cuya fidelidad a la patria estuviésemos seguros, el colmo de la insensatez. Este es un asunto en que todo debe preverse i en que no se puede errar por exceso de precaucion. Va en ello la suerte de la jeneracion presente i de las futuras. ¿I qué se aventura, despues de todo, tratando con el enemigo? Nada absolutamente. Si se hace con él una paz honrosa, mejoraremos de condicion; si no, habremos dado a lo ménos una prueba de nuestras disposiciones pacíficas, i nos quedaremos como estábamos.

Que la posesion de hecho i la de derecho son una misma cosa en política; que en el mundo la fuerza se burla de los derechos, i los derechos sin el poder no sirven de nada, son temas fecundos sobre que se pueden decir cosas mui bonitas en estilo satírico i declamatorio. Sin embargo, la injusticia, aunque en el órden actual de las cosas humanas, es la excepcion. La justicia es la regla jeneral, porque es la condicion necesaria de las sociedades: i cuando decimos justicia entendemos la que está revestida de aquellas formas i solemnidades que, tanto en el derecho internacional como en el civil, son indispensables para su autenticidad i sus efectos estemos. Aun las potencias de primer órden se apoyan en formas i solemnidades. ¿I nosotros no creeremos bastante fuertes para despreciarlas?

Si la distincion entre el hecho i el derecho es una de aquellas fruslerías escolásticas que la marcha de la civilizacion i las luces del siglo han relegado a los espacios imajinarios, confesamos sin rubor nuestra ignorancia. Sírvanos de disculpa la opinion de todos los jurisconsultos i publicistas, i el ejemplo de las Naciones que se han hallado en nuestro caso. A la Holanda no le pareció que le estaba de mas el reconocimiento de España, bastante hizo para obtenerlo; i no se contentó con ménos que con la renuncia solemne del Monarca español en el artículo primero del tratado de Munster[1]. Tanto empeño puso en ello que, segun dice Muller (i El Filopolita sabe bien qué clase de historiador es Muller), "luego que logró ser reconocida por la España como República independiente, creyendo que no tenía ya motivo para continuar en la guerra, hizo con aquella potencia una paz separada, en que la Francia, su aliada, no tuvo parte." I téngase presente qué papel hacía la Holanda por aquel tiempo en el mundo. Era la primera potencia naval, i la aliada íntima de los Estados protestantes i de la casa de Borbon. Su pabellon tremolaba sobre todos los mares i era conocido i respetado de las Naciones mas bárbaras i remotas. Tenía ricos establecimientos en las Indias Orientales i Occidentales. Su poder en realidad superior al de la misma España. I con todo eso no creyó degradarse recibiendo de ella el reconocimiento de una soberanía que había gozado de hecho por cerca de un siglo.

Los Estados Unidos de América no miraron tampoco como una formalidad ociosa, o como una degradacion, el reconocimiento de la Gran

  1. Primeramente, el dicho señor Rei declara i reconoce que los dichos señores Estados Jenerales de los Paises Bajos Unidos, con todos los paises, villas i tierras que les están asociados, son Estados libres i soberanos, sobre los cuales el dicho señor Rei no pretende nada, i ni ahora ni en adelante, por si o sus herederos i sucesores, pretenderá jamas cosa alguna; i que en virtud de esto consiente en ajustar con los dichos señores Estados, como lo hace, una paz perpetua bajo las condiciones que siguen. (Tratado de Munster de 30 de Enero de 1648, entre la España i las Provincias Unidas.)