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SESION DE 9 DE AGOSTO DE 1833

sidente i Vice-Presidente, i fueron reelectos los señores Vial don Juan de Dios i Eyzaguirre.

Se discutieron i aprobaron en jeneral las peticiones de don Juan Lay i don José Coupelon, la de don Joaquín Pérez i don Manuel Carrasco, i por haber propuesto la Comision de Hacienda en todas las de igual clase que se faculte al Gobierno para que resuelva sobre ellas, se discutieron i aprobaron también en jeneral la de don José Vicente Bustillos que se habia mandado pasar a Comision i la de don Cárlos Thurn.

Discutido por segunda vez el artículo 3.º del proyecto en que se designan fondos para la milicia cívica, fué desechado i se acordó comunicar al Senado este proyecto con los dos artículos acordados ántes de aprobar el acta.

Continuó discutiéndose la mocion del señor Valdivieso, i quedó pendiente, levantándose en este estado la sesion. —Eyzaguirre. —Vial, diputado-secretario.


ANEXOS

Núm. 98

Acompaño a V. E. un memorial de don José Vicente Bustillos, en que solicita la concesion de un privilejio esclusivo por el término de 8 años, para elaborar el ácido sulfúrico, a fin de que, poniéndolo en conocimiento de su Sala, resuelva lo conveniente.

Dios guarde a V. E. —Santiago, Agosto 7 de 1833. —JOAQUÍN PRIETO. —Joaquín Tocornal. —Al Exemo. Señor Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 99

Cuando la Cámara acordó exceptuar de los derechos de trasbordo i tránsito a los artículos de provision que viniesen para los buques de guerra pertenecientes a potencias amigas o neutrales, tenemos bien presente que concedió esa gracia a las provisiones que se habian internado desde el dia 10 de Mayo de 1831; en este sentido la aprobó también el Senado, de manera que la actual consulta del Gobierno solo ha podido tener lugar por la oscuridad de los términos en que fué concedida esa exencion. La Sala puede traer a la vista el oficio del Senado i su acuerdo de aquella fecha i se persuadirá de esta verdad, así es que los miembros de la Comision informante se hallan persuadidos de que la Cámara debe aprobar el proyecto del Senado, solo por evitar las dudas o dificultades que ha ofrecido la espresion de aquella lei.

Santiago, Agosto 6 de 1833. —Juan Francisco de Larrain. —José Manuel de Astorga. —Manuel Camilo Vial.


Núm. 100

Los miembros de la Comision de Lejislacion que suscriben, son de parecer que la Sala conceda al prebendado don José Antonio de Alcázar la facultad que solicita para obtener la distincion de honor con que le ha distinguido Su Santidad, con tal que el Gobierno, al conceder el pase al breve presentado, lo haga bajo las condiciones que pide el fiscal en su vista del 1.º de Julio próximo pasado, que corre en el espediente de la materia. —Santiago, Agosto 6 de 1833. —Juan Francisco de Larrain. —José Manuel de Astorga.


Núm. 101

La Comision de Hacienda no encuentra embarazo para que se autorice el gasto de 272 pesos sobre la cantidad que estaba ya destinada para la refaccion del antiguo almacén de pólvora de la plaza de Concepcion, a fin de que pueda verificarse la traslación de dicho almacén a otro local, por los motivos que se espresan en el espediente informativo de la materia que, a juicio de la Comision, son suficientes para que en fuerza de ellos apruebe la Cámara el proyecto siguiente:

"Se faculta al Ejecutivo para que invierta la cantidad de 272 pesos a que monta el presupuesto de los gastos de la traslacion del almacén de pólvora de la plaza de Concepción, sobre la que se habia señalado para refaccionar el antiguo".

Sala de las Comisiones. —Santiago, Agosto 7 de 1833. —Eyzaguirre. —Ramón Renjifo. —Antonio Jacobo Vial. —Fernando Márquez de la Plata.


Núm. 102

En consecuencia de la nota que antecede, la Comision de Hacienda, instruida del espediente que el Poder Ejecutivo acompaña sobre la solicitud de don Josué Waddington, cree que la Sala puede aprobar el siguiente proyecto:

"EI Congreso Nacional, atendiendo a la importancia i utilidad del establecimiento de la fábrica de jarcia que se trata de plantear en Valparaiso, ha acordado dispensar al Ejecutivo de las formalidades prevenidas por la lei parala venta del terreno en que existió la antigua batería de la Concepcion, entendiéndose que el contrato, que celebre en virtud de esta autorizacion será sin perjuicio de los intereses de aquéllos que disputan la propiedad de dicho terreno".

Sala de la Comision. —Agosto 8 de 1833. ——Eysaguirre. —Fernando Márquez de la Plata. —A. Jacobo Vial. —Ramón Renjifo.


Núm. 103

La Comision, despues de repetidas discusiones