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368 CÁMARA DE DIPUTADOS
  1. don Antonio Guzinan. (V. sesion del 7 de Julio.)

ACTA

SESION DEL 4 DE AGOSTO

Se abrió con los señores Arce, Astorga, Aldunate, Arlegui, Barros, Carrasco, Dávila, Eyzaguirre, Fierro, Fuenzalida, Gáifias, García de la Huerta, García don Manuel, Irarrázaval, Iñiguez, Izquierdo, Luna, Martínez, Montt, Plata, Prieto, Renjifo, Riesco, Rosas, Sotomayor, Tocornal don Gabriel, Tocornal don Joaquin, Valdés don Miguel, Valdés don José Agustin, Valdivieso, Vial don Manuel i Vidal.

Leida el acta de la sesion anterior, fué aprobada.

El señor Mena, diputado suplente por Valdivia, prestó el juramento de estilo i fué incorporado a la Sala.

Se leyó por primera vez la mocion presentada por el señor Barros, sobre abolicion de la lei que disponía se pagase el 15 por ciento de derecho, en las imposiciones de capellanías i otras obras pías, i se mandó traer para segunda lectura.

El Jose Santiago Montt hizo presente la solicitud de doña Rafaela Aránguiz, sobre devolucion de sus autos i se acordó se le entregasen.

Púsose a discusion jeneral el proyecto sobre oficiales reformados, i aprobado por unanimidad, se mandó traer para la particular.

Entró a discutirse particularmente la solicitud del portero de los juzgados de letras en lo civil i declarado bastantemente discutido, i que debía procederse a votar a consecuencia de la indicacion que hizo el señor Tocornal don Joaquin, habiéndose correjido el artículo acordado por la Cámara de Senadores, fué aprobado por unanimidad en los términos que sigue:

"Artículo primero. Se creará por ahora un portero que sirva los juzgados de letras en lo civil de Santiago, con la dotacion anual de ciento cincuenta pesos, que se pagarán de las arcas fiscales, haciéndose su nombramiento por el Presidente de la República, a propuesta de los respectivos jueces."

Tomada despues en consideracion la indicacion hecha por el señor José Ignacio de Eyzaguirre i aprobada por la mayoría, fué acordado un segundo artículo como sigue:

"Art. 2.º Los jueces de letras preferirán en las propuestas a los militares inválidos que consideren con las aptitudes necesarias."

Conforme a lo acordado por esta Cámara, presentó la Comision de Gobierno el proyecto para que se autorice al Presidente de la República, pudiese invertir lo necesario en el sosten del culto relijioso i de una escuela, del nuevo derecho de muelle establecido en el puerto de Coquimbo. Tomado en consideracion fué aprobado por unanimidad como sigue:

"Se autoriza al Presidente de la República para que, del producto del nuevo derecho de muelle establecido en el puerto de Coquimbo, pueda invertir la cantidad necesaria en el sosten de una escuela de primeras letras i del culto relijioso en aquel punto miéntras que los fondos municipales i derechos de parroquia no sufraguen lo suficiente para estos gastos."

Consideróse despues la solicitud de don Antonio Guzman, i habiéndose votado si se ocupaba o nó la Sala de su conocimiento, fué aprobada por la mayoría la negativa, mandándose volver al interesado sus documentos.

En este estado se levantó la sesion, anunciándose para la siguiente la discusión del proyecto del Códigos i demás negocios públicos mandados traer. —Lorenzo Fuenzalida. —Montt, diputado-secretario.


ANEXOS

Núm. 432

Reunida la Municipalidad del partido de Valdivia, el dia cinco del mes de Mayo del año de mil ochocientos treinta i cuatro años, con asistencia de los señores gobernador local, Presidente don José de la Cavareda i rejidores don Mariano Adriasola, don Hermenejildo Molina, don José Rodenas i don José Justo Flores, a efecto de verificar el escrutinio de la votacion recibida en esta parroquia i en la de la villa de la Union para diputados i suplentes al Congreso Nacional i electores de senadores, mandó examinar, a presencia del comisionado por la mesa receptora de la parroquia de este partido cabecera (respecto a no haber comparecido el comisionado por la mesa receptora de la parroquia de la villa de la Union), las cerraduras de la caja en que se hallaban depositadas las de la votacion,i hallándolas en el mismo estado en que habían quedado al tiempo de distribuirse las llaves, se procedió a su apertura, i en seguida, a la de las cajas que había dentro.


Acto continuo i con las formalidades de los artículos 59, 60 i 61 del reglamento de elecciones, se procedió al exámen de todas las cajas, el cual produjo el siguiente resultado:

La de la parroquia de la villa de la Union cuarenta i siete votos; de ellos para diputado al Congreso cuarenta i cinco a favor del ciudadano don Francisco Solano Pérez, uno id a favor de don Cosme Arce i otro ídem a favor de don Francisco Ramón Vicuña; i para suplente cuarenta i cinco sufrajios a favor del ciudadano don Pedro Mena i Martínez, uno id a favor de don Julian Navarro i otro id a favor de don Pedro Martínez Púmer.

Para electores de senadores obtuvieron sufra