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326 CÁMARA DE DIPUTADOS

dere indispensables, inviniendo en su dotacion, ya sea bajo el título de sueldo o de gratificaciones, hasta la suma de cinco mil pesos anuales;" i despues de haberse discutido fué aprobado en los mismos términos, acordando igualmente comunicarlo al Senado ántes de aprobar el acta.

I se levantó la sesion. —Vial.Vial, diputado-secretario.


ANEXO

Núm. 215

La Comision de Hacienda ha considerado detenidamente la nota que antecede i el espediente de su referencia, i cree de absoluta necesidad la adopcion de alguna medida que ponga término a las escandalosas internaciones clandestinas que se hacen por los boquetes de cordillera en la provincia de Coquimbo.

Ninguno parece a la Comision mas adaptable que el propuesto por el Ejecutivo, i bajo esta persuacion i la protesta de sostener su dictámen en la discusion, somete a la aprobacion de la Sala el siguiente proyecto:

"Artículo único. Se autoriza al Ejecutivo para que invierta anualmente la suma de cinco mil pesos en la dotacion de los resguardos que juzgue conveniente crear en la provincia de Coquimbo."

Santiago, Diciembre 18 de 1833. —J. M. de Rosas. —Fernando Márquez de la Plata. —Ramón Renjifo."