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CÁMARA DE SENADORES

Núm. 923

Núm. 55


Costo de las comisiones de la Factoría Jeneral en la provincia de Santiago



Principales Comisiones Gastos en compra Totales
Santiago $ 9,550 .3¾ 6,029 .5¾ 17,669 .5½ 33,249 .7
Renca 349 .6½ 7
.4
627
984
.4
Casablanca 389 .7 10

698
.7¼ 1,098
.6¼
Melipilla 998 .7 75
.4
1,790
.6½ 2,865
.1½
Tango 685 .7¾ 86
.6
1,229
.6½ 2,002
.4¼
Rancagua 1,590 219
.1
2,850
.5¼ 4,659
.6¼
Santa Cruz 1,025 .6¼ 100

1,892
.6¾ 3,018
.5
Totales $ 14,590 .6¼ $ 6,528 .4¾ $ 26,759 .7¼ $ 47,879 .2¼



Núm. 924

Núm. 56


Resguardo del Estanco



Sueldos anuales
Teniente 1.º, don Ambrosio Alderete
$ 800
Teniente 2.º, don Pedro Santos
600
Cabo 1.º, don Nicolas Jiménez
360
Cabo 2.º, don José Antonio Rojas
360
Guarda, don José María Larrain
300
Guarda, don José Antonio Tobar
300
Guarda, don Juan Botarro 300
Id. don Antonio Olivares
300
Guarda, don Próspero Rebolledo  300


Guarda, don Juan Francisco Aravena  300


Guarda, don Juan Olivares  300


Guarda don Manuel Canales
300
Guarda don José Antonio Zorraquin
300 $ 4,820
En todo el año de 1834, se ha gastado en pago de guardas suplentes la cantidad de quinientos treinta i un pesos, siete i cuartillo reales, cuya suma se consulta también en el presente año 
531 .7¼
Total   

$ 5,351 .7¼



Núm. 925

Núm. 57


Caja de Amortizacion



Sueldos anuales
Secretario-contador, don Miguel del Fierro $   2,000


Tesorero pagador, don Pedro Nolasco Vidal 2,000


Oficial 1.º, don Felipe Antonio Prieto 1,000


Auxiliar, don Isidoro Vidal 400


Portero, don Juan Góngora 300


Para gastos de escritorio 100
 $ 5,800
Por cuarenta i dos mil pesos que, en virtud de la lei del Congreso Nacional de 22 de Diciembre de 1828, se enteran por Tesotería Jeneral a la Caja del Crédito Público, de los que 36,000 son para pago de intereses al 6 por ciento sobre los 600,000 pesos emitidos en 1.º de Abril de 1829, i los 6 mil pesos restantes para la amortización de la centésima parte del capital $ 42,000


Por novecientos diez i ocho pesos que, por acuerdo del Congreso de Plenipotenciarios fecha 1.º de Julio de 1830, se suplen por Tesorería Jeneral a la misma Caja del Crédito Público para el pago del interes anual al 6 por ciento sobre los 15,300 pesos que defraudó el oficial 1.º Mac-